Provincia de Cádiz

Absuelto de violar a su pareja un ceutí para quien el fiscal pedía doce años

  • El tribunal advierte imprecisiones y omisiones en la declaración de la denunciante

La Audiencia Provincial de Cádiz ha absuelto a un vecino de Ceuta acusado de agredir sexualmente en varias ocasiones a su pareja para quien el fiscal pedía 12 años y seis meses de prisión. Además de ese delito, también le imputaba uno de lesiones y otro de maltrato habitual. El tribunal estima que los hechos que en su día fueron denunciados no han resultado probados, por lo que exculpa al procesado de todos los delitos que lo llevaron al banquillo.

La sentencia es de la Sección Tercera, que se ocupa de juzgar todos los casos de violencia doméstica y de género de la provincia de Cádiz que llegan a la Audiencia Provincial. También los que proceden de Ceuta, ciudad asignada a la Audiencia de Cádiz.

La resolución absolutoria argumenta que el testimonio de la mujer que denunció haber sido agredida sexualmente ofrece dudas. El tribunal considera que hay imprecisiones y omisiones importantes en la declaración de la denunciante que le hacen dudar de que los hechos transcurriesen como ella relata. Entre ellas, que cuando la mujer formula la denuncia, el 1 de septiembre de 2003, no dice nada de las agresiones sexuales ni manifiesta tener molestias ni le son apreciadas por el médico que la reconoció en el servicio de urgencias. Más tarde, agrega la sentencia, comparece en el juzgado, ratifica su denuncia y tampoco dice nada acerca de las agresiones sexuales. El médico forense, agrega, no aprecia lesión alguna en el esfínter anal.

"Que dos facultativos no apreciaran estas lesiones es muy significativo y nos hace dudar de que efectivamente se las hubiera provocado el procesado y no que se hubieran producido de otro modo", indica el tribunal. Un reconocimiento médico posterior sí encontró lesiones, aunque el médico forense dijo que podían deberse a varias causas, anota la sentencia.

En el juicio, la mujer aseguró que el procesado la violó en varias ocasiones. El procesado, que ya no es su pareja, lo negó. "Sólo contamos como prueba de ese delito con la declaración de ella y con la negativa del acusado, y con unos informes médicos de los que se desprende que inmediatamente después de formulada la denuncia, no consta que la mujer tuviera lesión en la zona anal", explica el tribunal al razonar la absolución.

La denunciante tiene problemas de audición. Según el fiscal y la acusación particular, son derivados de lesiones causadas por una agresión del procesado.

El tribunal se apoya en informes médicos al considerar en cambio que no puede descartar que las lesiones tuviesen otro origen.

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