Provincia de Cádiz

Casto lleva un mes encarcelado

  • La Audiencia Provincial de Cádiz ordenó a la Policía buscar, detener y conducir a prisión al inspector médico en cuanto supo que el Tribunal Supremo ratificaba la sentencia sobre la Operación Karlos

Francisco Casto Pérez Lara, el inspector médico detenido en la Operación Karlos y condenado a nueve años y medio de prisión por su participación en la estafa a la Seguridad Social con la obtención fraudulenta de pensiones de incapacidad laboral para personas que pagaban por ello, fue conducido a prisión el pasado 3 de agosto. El Tribunal Supremo, ante el que presentaron recurso Casto, María José Campanario y la madre de ésta, confirmó el pasado 19 de julio la sentencia dictada el año pasado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz. Días después, la Audiencia recibió la notificación de esa sentencia firme. Entonces, inmediatamente y sin más trámites, la Audiencia dictó una orden de detención contra el inspector médico que buscaba asegurar que nada impidiese u obstaculizase el ingreso en prisión para cumplir condena.

La orden de busca y captura fue dictada el pasado 31 de julio. El 3 de agosto, Casto entraba en prisión. No hubo plazo para un ingreso voluntario ni quedó abierta la posibilidad de aplazar el encarcelamiento mediante un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, por ejemplo. El inspector médico se vio entre rejas pocos días después de conocer que el Supremo rechazaba su recurso y, por tanto, rehusaba considerarlo inocente. Algo que Casto siempre ha mantenido pese a las pruebas que, según argumentan dos sentencias, conducen a sostener justo lo contrario.

La defensa del inspector médico planteó en su recurso, entre otras cuestiones, que su condena (por cohecho, estafa y otros delitos) sólo era explicable a partir de un acuerdo entre el fiscal y las defensas que pactaron con él con el fin de ofrecer un material probatorio apañado a cambio de un tratamiento penal favorable.

Pero el Supremo respondió que hay "muy variadas pruebas" que avalan la "conclusión cierta" de que Casto era "el principal protagonista de un entramado delictivo puesto al servicio del lucro personal".

Tras el juicio celebrado en Cádiz en quince sesiones desde el 11 de abril hasta el 14 de junio de 2011, la Audiencia consideró probado que Casto era una "pieza clave" de la trama montada por él y por el expolicía Carlos Carretero para obtener pensiones destinadas a personas que pagaban por ello distintas cantidades. Carretero, como otros 14 procesados en el Operación Karlos, se declaró culpable, pactó su condena con el fiscal (cuatro años) e ingresó en prisión hace unos meses. Casto mantuvo en el juicio que es inocente y aseguró que fue utilizado por Carretero. "En esta historia yo he pecado de pardillo", dijo Francisco Casto Pérez Lara ante el tribunal.

Los tres magistrados que formaban el tribunal no creyeron esa versión autoexculpatoria. La sentencia, de la que fue ponente Miguel Ángel Ruiz Lazaga, vio probado que Casto, inspector de la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades de la Junta de Andalucía, se puso de acuerdo con Carretero para conseguirles pensiones de incapacidad a quienes pagaban por ello. Carretero se encargaba de contactar con personas a las que proponía la obtención segura de una pensión. Y Casto emitía informes en los que falseaba la situación real de los interesados y exageraba el diagnóstico o se basaba en informes médicos que sabía falsos.

Casto negó rotundamente que recibiese dinero alguno de Carretero. La sentencia afirmó en cambio que quedó "plenamente acreditado" que Carretero compensaba lucrativamente al inspector médico de diversas maneras: con prestaciones personales y profesionales por las que no le cobraba (por ejemplo, preparándole documentos contractuales para la adquisición de un inmueble), invitándolo con frecuencia a comer, gestionando parte de su patrimonio sin cobrarle gasto alguno por ello (por ejemplo, invirtiéndole dinero negro en determinado tipo de productos), haciéndole favores personales u ofreciéndose a hacerlos a terceras personas por las que aquél intercedía.

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