Provincia de Cádiz

Padres objetores de EpC acusan a la Junta de vulnerar la intimidad de sus hijos

La Plataformas de Padres Objetores a la asignatura de Educación para la Ciudadanía (EpC) de la provincia de Cádiz han denunciado "la vulneración del derecho a la intimidad personal y familiar de los menores" que a su juicio ha cometido la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía tras la publicación, el pasado día 1, en el Boletín Oficial de la Junta (BOJA) de los nombres y apellidos de 91 menores, hijos de padres objetores, entre ellos varios miembros de estas asociaciones.

Los representantes de las plataformas están molestos con la publicación de los nombres de los menores porque consideran que los objetores "son, siempre, los padres de los menores", que "los recurrentes mencionados en dicho BOJA son igualmente los padres de los menores" y que "es falsa la imposibilidad de notificación que se argumenta, ya que todos los alumnos del sistema educativo de la comunidad autónoma se encuentran registrados con todos sus datos personales y familiares en el Programa Séneca de la Junta de Andalucía".

Las plataformas señalan que la incorporación de los menores a la lista publicada en el BOJA "puede tener intenciones dolosas, ya que los actores siempre son los padres", al tiempo que añaden que "las notificaciones a las que se alude en el boletín van dirigidas a los padres y nunca a los menores, que no tienen capacidad jurídica".

Los padres objetores a EpC subrayan además que "los menores a los que nombra no tienen un domicilio diferente al de sus progenitores y en ningún caso la Consejería les iba a notificar nada".

Ante esta situación, las plataformas exigen al presidente de la Junta, Manuel Chaves, la inmediata destitución de la consejera de Educación, Teresa Jiménez, a la vez que instan la intervención de oficio de la Fiscalía de Menores.

En caso de que Chaves no cese a la consejera, las plataformas se reservan "la posibilidad de comenzar todas las actuaciones judiciales contra lo que entendemos es un acto de persecución y acoso hacia nuestros hijos, con el fin de restituir el derecho al honor y a la intimidad de estos menores".

Los padres objetores recuerdan que la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, recoge que los menores tienen derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Este derecho comprende también la inviolabilidad del domicilio familiar y de la correspondencia, así como del secreto de las comunicaciones.

Esta Ley señala que la difusión de información o la utilización de imágenes o nombre de los menores en los medios de comunicación que puedan implicar una intromisión ilegítima en su intimidad, honra o reputación, o que sea contraria a sus intereses, determinará la intervención del Ministerio Fiscal.

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