Conflicto en el ordenamiento urbanístico

Planes por tierra

  • El PGOU de El Puerto es sólo uno de los ordenamientos urbanísticos que puede acabar en la papelera. El de Chiclana será el siguiente en pasar por los tribunales

El pinar de Mazzantini, donde se encuentra parte del origen del recurso que tumbó el PGOU de El Puerto.

El pinar de Mazzantini, donde se encuentra parte del origen del recurso que tumbó el PGOU de El Puerto. / Fito Carreto

–Una pregunta directa. Vamos a suponer que frascasan los recursos para que el PGOU de El Puerto no vaya a la papelera.–Vamos a suponerlo.–Entonces no hay plan.–Sí hay plan, se desentierra, resucita, el último en vigor.–¿Que de cuándo data? –De 1992.–¿Y en 1992 existía el estudio de impacto medioambiental?–No.–Entonces, un poner. Vamos a pensar que hay una parcela en la que se puede construir. El nuevo plan con sensibilidad medioambiental diría que no tiene que tener muchas alturas y que habrá espacios públicos y un parque con columpios. ¿Correcto?–Correcto.–Pero como está en vigor el del 92 llega un constructor y monta una colmena de doce pisos.–Es un caso extremo e improbable, pero sí, podría ser.

Esta conversación con el urbanista Manuel Ángel González Fustegueras cuya firma, Territorio y Ciudad, elaboró el PGOU de El Puerto, tumbado por el Supremo hace dos semanas, muestra una consecuencia extrema de la doctrina que ya se ha llevado por delante más de una decena de planes en España y que en la provincia puede afectar, a numerosos municipios, entre ellos Chiclana, Barbate o Tarifa.

Juan Clavero, de Ecologistas en Acción, la organización que está siendo la punta de lanza contra estos nuevos ordenamientos en toda España, y González Fustegueras tienen visiones diferentes acerca de cuál es la causa de esta masacre de planes. Mientras Clavero piensa que el Supremo está tratando temas de fondo, Fustegueras considera que los planes caen por causas procedimentales.

El origen se encuentra en el año 2006. Es cuando Europa publica una directiva, de la que se venía avisando desde 2001, por la cual se cambian los procedimientos de los planes de ordenación. Consiste en cambiar el estudio de impacto medioambiental por algo que pasará a llamarse evaluación estratégica medioambiental. Según Fustegueras, “no supone una mayor protección, sino un modo diferente de ejecutar el plan. El estudio de impacto y la evaluación tienen criterios prácticamente idénticos. Si el estudio de impacto se realizaba durante la elaboración del plan, la evaluación se realiza con anterioridad al plan y, entre otros actores, es obligada la participación de los ecologistas. Para el urbanista puede ser hasta más cómodo, ya que sabe de antemano las directrices que tiene que seguir”.

Clavero piensa que ese cambio en el momento en el que se incide en los aspectos medioambientales de una actuación cambia por completo la filosofía de abordar un plan. “Al hacerse antes la evaluación lo que se hace es trabajar con consultas previas sobre sectores que puedan tener unas necesidades. Es decir, una comunidad puede pensar que es necesario un colegio o que la congestión del tráfico necesita de una variante o que, ante el crecimiento poblacional, sería necesario un mayor parque de viviendas. Pero ni El Puerto ni Chiclana pueden justificar un planeamiento de 45.000 o 17.000 viviendas más cuando la población está cayendo. Es decir, se trabaja sobre necesidades. Una vez que se han hecho estas consultas, se ofrecen varias alternativas. La fórmula del impacto es a posteriori. El plan ya está hecho, ya se ha decidido políticamente que, a lo mejor, se va a hacer un campo de golf porque se ha llegado a un acuerdo con un promotor y, una vez terminado, se saca a información pública y la única posibilidad es hacer correcciones al plan, pero no trabajar sobre el plan.

El problema de los planes que el Supremo ha echado para atrás, entre los que se encuentran, entre otros, los de Jaén, Santander, Castellón, Gijón, Vigo, Tenerife o Ibiza, está en que se hicieron sin esa evaluación. La normativa europea fue asumida por España en 2009, que, a su vez, la remitió a las comunidades autónomas para que la trasladaran a su ordenamiento en el plazo de un año. Pasado ese plazo, Andalucía no integró la norma europea, por lo que prorrogó la ley existente.

La liebre saltaría con el plan de Marbella, también realizado por el equipo de Fustegueras. Marbella elaboró su plan durante ese periodo de prórroga de la antigua normativa de la comunidad, por lo que era un plan con estudio de impacto medioambiental, pero no con una evaluación estratégica. Hubo recursos y el caso llegó al Supremo. El Supremo no aceptó la defensa del ayuntamiento, que argumentaba que todos los pasos dados tenían el conocimiento y el visto bueno de la Junta. Fustegueras lo explica muy gráficamente: “El Supremo pegó una patada a la Junta en el culo de los ayuntamientos porque todos los planes que están teniendo problemas cumplían a rajatabla con la ley andaluza”.

“Andalucía ha actuado como los catalanes. La República Urbanística Independiente de Andalucía. El gobierno del PSOE de la Junta decidió por su cuenta y riesgo que la norma no les incumbía y a quienes consultaron sobre ello, como es el caso de Chiclana, les dijeron que siguieran adelante según la ley andaluza. En el caso de Chiclana lo más que se hizo es, sobre la marcha, cambiar el nombre del estudio de impacto por el de evaluación estratégica. Pero fue eso, un cambio de nombre, a instancias de la propia Junta. Porque el auténtico culpable de los planes que han caído y van a caer es de la administración autonómica. En plena vorágine ladrillera la Junta se dijo cómo vamos a poner en cuestión todo el ordenamiento. Había muchos intereses económicos en juego y decidió que la ley estatal no iba con ellos. Nosotros lo advertimos en decenas de reuniones y siempre obtuvimos la misma respuesta: id a los juzgados. Y fuimos”, dice Clavero.

La delegada de Urbanismo de Chiclana, Ana González, considera que la valoración de Clavero despacha de forma demasiado simple lo que se ha hecho en este PGOU. “Al contrario que en otros casos nosotros sí tenemos una evaluación. De hecho, tenemos cuatro, una inicial, otra final, y dos modificaciones. Cuando saltó lo de Marbella, acudimos a la Junta y seguimos lo que se nos dijo de acuerdo con la ley 3/2015, que no ha sido recurrida. No hay ninguna jurisprudencia sobre un caso como el nuestro y acudimos al juzgado, como el caso de San José de la Rinconada, con la evaluación estratégica mediombiental cumplimentada como se nos dijo que se cumplimentara. Lo que decida la Justicia va a influir en todo el ordenamienmto que se ha hecho los últimos años en Andalucía bajo el paraguas de esa ley”.

El precedente de El Puerto, que, al contrario que Chiclana, no tenía ningún evaluación, hace difícil saber por dónde tirarán los tribunales. El Puerto fue superando todos los recursos que se le presentaron, pero en ninguno de ellos se mencionaba la evaluación. Discurría todo correctamente hasta que, según Clavero, la comunidad de propietarios de Vistahermosa fue la primera en señalar la evaluación estratégica en su recurso. Otros propietarios, como el del pinar de Mazzantini, que habían visto que sus terrenos se quedaban fuera de las futuras piezas urbanizables, siguieron la estela. Es decir, en El Puerto, en su origen, el Plan lo tumbó no quienes lo querían proteger medioambientalmente, sino quienes querían construir.

Pero todavía hay una vuelta de tuerca más. El Constitucional también ha intervenido. Tras las sentencias del Supremo, algunas comunidades acudieron al Constitucional, cosa que no hizo Andalucía, pero que sí hizo Castilla La Mancha para defender el PGOU de Toledo, tumbado como el de El Puerto.Y Toledo ganó. Pero, coinciden Fustegueras y Clavero, que el Constitucional no se pronunció sobre el fondo del asunto, sino que ‘casó’ la sentencia del Supremo. Esto quería decir que el Supremo se había pronunciado sobre la constitucionalidad de las normas autonómicas, algo que no era su tarea, sino del propio Constitucional. El caso de Toledo ha animado  a otras ciudades a hacer lo mismo, pero la doctrina del Supremo, en cualquier caso, parece clara. Los planes sin la evaluación que exigía Europa, tendrán que empezar desde cero.

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