Tribunales Cádiz

10 años a un agresor sexual por violar a una mujer en Villamartín dentro de su propia casa

  • El Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

  • El hombre regresó al domicilio de la víctima tres días después para pedirle que no lo denunciara.

Exterior de la Audiencia Provincial con sede Jerez.

Exterior de la Audiencia Provincial con sede Jerez. / Pascual

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de 10 años de prisión a un hombre que violó a una mujer de 64 años de edad en su propio domicilio, en Villamartín, al que accedió por la fuerza mientras ella dormía.

En primera instancia, el agresor sexual fue condenado a 13 años de cárcel por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz. El procesado recurrió este fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que estimó parcialmente su recurso y rebajó la pena hasta los 10 años de prisión. El agresor recurrió nuevamente, esta vez, ante el Supremo, órgano que ha ratificado ahora la pena privativa de libertad de 10 años.

Los tres tribunales han considerado probado que el 24 de marzo de 2018, sobre las 4:30 horas, F. entró en la vivienda de la víctima con unos calzoncillos en la cabeza para ocultar su rostro y un cuchillo. La mujer se despertó con la luz de una linterna que también llevaba el agresor. Entonces él le dijo imitando un idioma extranjero: "Señora, quieta, si hace lo que yo le diga, no le va a pasar nada, abajo está mi compañero, si hace lo que yo quiero, no sube mi compañero. Tranquila, que no le va a pasar nada". Acto seguido, la violó.

Tras la agresión sexual, F. volvió a coger el cuchillo y le preguntó a la víctima si tenía dinero en la casa. Así, se apoderó de 450 euros que la mujer guardaba en su bolso.

También ha quedado acreditado que el mismo 24 de marzo, cuando la víctima estaba en el hospital, el procesado se personó nuevamente en su casa, le abrió su hijo y mantuvo una conversación con él porque decía quería comprar herramientas, le manifestó lo que había hecho por la noche e incluso se fue a tomar una cerveza con él.

Tres días más tarde, el 27 de marzo, el agresor regresó de nuevo al domicilio de la víctima, le preguntó sobre los hechos y le dijo que no lo denunciara, que él iba a decir que había sido su primo, pues tenía un perfil genético similar.

A raíz de los acontecimientos, la mujer sufrió lesiones que tardaron 14 días en sanar y trastorno por estrés postraumático de carácter grave.

Por estos hechos, la Audiencia Provincial de Cádiz condenó al encausado a la pena de 13 años de prisión por un delito de agresión sexual, además de al pago de una indemnización a favor de la damnificada de 14.865 euros por las lesiones sufridas, más 450 euros por la cantidad sustraída.

Frente a la sentencia de primera instancia, la defensa de F. interpuso un recurso de apelación que el TSJA estimó parcialmente. Así, el Alto Tribunal andaluz redujo la pena por el delito de violación de 13 a 10 años de cárcel al considerar que F. no empleó el cuchillo que portaba para perpetrar la agresión sexual. Se desprendió del arma durante la violación y, una vez que consumó el acto, retomó el arma para ejecutar el posterior robo. Esta misma valoración penal ha sido ratificada por el Tribunal Supremo.

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