Provincia de Cádiz

Dos años y 9 meses por amenazar desde prisión a la juez que lo condenó

  • Al procesado, vecino de Arcos, la Audiencia Provincial le impuso en 2004 trece años y medio de cárcel por una serie de actos violentos que cometió cuando su ex pareja decidió romper la relación

La Audiencia Provincial de Cádiz ha ratificado una sentencia que condena a un vecino de Arcos por amenazar desde la cárcel, en una carta, a la magistrada que presidía el tribunal que hace cuatro años le impuso 13 años y medio de prisión por intento de agresión sexual, allanamiento de morada e incendio. La sentencia que ha confirmado la Sección Cuarta estima que J.P. cometió un delito de atentado a autoridad y lo condena por ello a dos años y nueve meses de prisión. Además, le prohíbe acercarse a menos de 300 metros a la juez y a comunicarse con ella durante cinco años.

J.P. fue condenado en mayo de 2004 por una serie de actos violentos que protagonizó en junio de 1999 en Arcos al no aceptar que su pareja, con la que había convivido varios años, decidiese poner fin a la relación que ambos mantenían. La sentencia de la Audiencia, donde fue juzgado, consideró probado que el procesado intentó violar a su ex pareja, que acudió a buscarla a casa del padre de ella y entró en la vivienda por una ventana y también que le pegó fuego al coche de la hermana: un incendio que se propagó a otros vehículos, afectó a siete casas y puso en peligro la vida de varios vecinos.

La sentencia fue ratificada posteriormente por el Tribunal Supremo. Antes, J.P., que se encontraba en prisión, escribió tres cartas que remitió a la Audiencia Provincial de Cádiz. Una de ellas, la que ha deparado el procedimiento por un delito de atentado, iba dirigida personalmente a la magistrada que presidía el tribunal que lo había juzgado y condenado a 13 años y medio de prisión.

En esa carta, repleta de expresiones soeces, el recluso le comunicaba a la juez que se había propuesto como meta arruinarle la vida. La de ella y la de sus "compinches": "jueces, abogados, acusadores y políticos que han prevaricado contra mí", agregaba el remitente .

"Esta declaración podrá agravar lo que usted me impone como pena, pero no rebajar la sentencia que mis cojones han dictado contra usted", escribió en su misiva J.P. "Por mucho que me putees", añadió en otro párrafo, "sólo podrás mantenerme encerrado un espacio temporal de mi vida en el que me obliga a adaptarme e integrarme en una comunidad a la que no pertenezco, lo que no es óbice para que consiga hacerlo, asumir sus modos y adquirir mejores relaciones con las que realizar mi propósito".

El recluso escribió también: "Disfrute de su sillón, poder y de su reseca vagina mientras todo ello le sirva para enterrarme en vida porque en cuanto ese poder sobre mí se extinga, llegará el mío y no estarás tranquila el resto de tus días". En el reverso de la carta, con tinta roja, agregó: "Cuidado, mucho cuidado".

El Juzgado de lo Penal número 1 de Cádiz estimó que con la carta, J.P. cometió un delito de atentado a autoridad. La defensa recurrió esa sentencia y ahora la Audiencia ha desestimado ese recurso.

Entre otros argumentos, la defensa alegó que el procesado sufre un trastorno de personalidad depresivo-ansioso con rasgos paranoides.

La Audiencia responde a eso que hace suya la valoración del juez de lo Penal, quien analizó lo que en su día aportaron los peritos en el juicio por los hechos ocurridos en Arcos: la sentencia explica que el procesado comprende de forma completamente normal lo ilícito de su conducta y que no hay pruebas de que carezca de control sobre su voluntad.

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