Provincia de Cádiz

Condenados a cinco años de cárcel por alijar más de una tonelada de hachís en Sanlúcar

  • Varios traficantes fueron sorprendidos de madrugada por la Guardia Civil en la zona conocida como Caño del Lagarto, según ha quedado acreditado en una reciente sentencia de la Audiencia de Cádiz

Momento en el que varias personas se llevan la droga tras un desembarco en Sanlúcar.

Momento en el que varias personas se llevan la droga tras un desembarco en Sanlúcar. / G.J.

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a cinco años de prisión y al pago de una multa de 1.815.715,5 euros a dos hombres por alijar 40 fardos de hachís en Sanlúcar en el verano de 2015. La droga intervenida alcanzó un peso neto de 1.206,58 kilos.

La resolución judicial, que no es firme y puede ser recurrida, recoge como hechos probados que el 22 de agosto de 2015, sobre las 00:25 horas, una embarcación tipo patera, de unos seis metros de eslora, sin matrícula, con un motor fuera borda marca Yamaha de 60 CV y cargada con 40 fardos de hachís, navegó corriente arriba por el río Guadalquivir hasta la zona conocida como Caño del Lagarto, en el término municipal de Sanlúcar de Barrameda.

Al llegar al referido paraje, prosigue la resolución judicial dictada por el tribunal de la Sección Cuarta, unas diez personas esperaban la barca. En ese grupo se encontraban los acusados J.P.V. y B.P.V., ambos mayores de edad, el primero con antecedentes penales por delitos de violencia en el ámbito familiar y amenazas, y el segundo condenado por la Audiencia Nacional en firme por un delito de tráfico de drogas y pertenencia a organización criminal a dos años y seis meses de prisión, una pena de cárcel que tenía suspendida. Es decir, estaba libre.

Asimismo, en el lugar del alijo se hallaban dos vehículos: un Toyota Land Cruiser que había sido sustraído y un Ford Ranger XLT de color azul con la matrícula falsificada y el número de bastidor borrado, también sustraído. En dichos vehículos se habían desplazado parte de las personas que esperaban la droga. Los coches, precisa la sentencia, "estaban estacionados dispuestos para la carga con los maleteros abiertos y en sentido contrario al caño por el que llegó la embarcación".

El tribunal ha estimado acreditado que cuando la barca estuvo próxima a tierra, el grupo formó una cadena y comenzó a descargar los fardos y a amontonarlos en las inmediaciones de los coches, si bien no llegaron a introducirlos en los mismos porque intervino la Guardia Civil, que venía vigilando la operación y provocó la huida a pie de los descargadores y de los ocupantes de la lancha. Dos de los traficantes, los ahora condenados, fueron identificados a partir de las muestras de ADN que se hallaron en una gorra y unos guantes que estaban dentro de los coches.

Los agentes pudieron recuperar 40 fardos de hachís, de los que 14 estaban aún en la embarcación y 26 en tierra. Esos fardos arrojaron un peso neto de 1.206,58 kilos de hachís, destinados al tráfico y distribución entre terceros, que una vez analizados dieron un índice de THC de 8,5% con un valor en el mercado ilícito de 1.915.715,5 euros.

Durante la celebración del juicio, las defensas de los procesados solicitaron la absolución de los mismos y argumentaron, entre otros motivos, la rotura de la cadena de custodia de la droga incautada, una práctica habitual sobre la que ya advirtió el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en una reciente sentencia. Según explicó el TSJA, los narcotraficantes están tratando de anular sus condenas denunciando irregularidades en la cadena de custodia de las sustancias que les fueron intervenidas, un "tecnicismo" que cree que se ha importado de Estados Unidos.

En el presente caso, la Sección Cuarta de la Audiencia de Cádiz no aprecia anomalías en la cadena de custodia. "Son 40 fardos que, según los agentes, recorren el mismo camino y con la misma custodia que los coches desde el Caño al cuartel". Asimismo, "el agente que recepciona la droga en el cuartel, la lleva a la dependencia de sanidad, donde la perito del laboratorio la recoge. Consta en la recepción que se reciben 40 fardos y que se analizan cuarenta gramos, uno por cada fardo, de modo que no hay indicio alguno de irregularidad en dicho transporte, ni de confusión de la sustancia en el mismo", concluye el tribunal.

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