Cultura

El Gobierno aprueba el Real Decreto que desarrolla la Ley del Cine

  • Quedan pendientes de establecer "de forma detallada" las condiciones de acceso a las subvenciones.

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real Decreto que desarrolla el nuevo sistema de financiación del cine y regula cuestiones como el certificado de nacionalidad de las obras, el régimen de coproducción con empresas extranjeras y la regulación de la exhibición cinematográfica. La aprobación implica que el Gobierno sigue adelante con la reforma de las ayudas al cine, a pesar de la carta enviada el mes pasado por un grupo de productores al Instituto de Cinematografía (ICAA), en la que pedían que se pospusiera hasta después de las elecciones. Este paso adelante se produce además tras conocerse la semana pasada que varios juzgados de Madrid investigan por presunto fraude y falsedad en la transmisión de cifras conseguidas en taquilla a las productoras y distribuidoras de más de 40 películas estrenadas entre 2012 y 2015. 

La vicepresidenta primera del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que el Real Decreto aprobado desarrolla la ley 55/2007 de 28 de diciembre y su posterior modificación. "Durante esta legislatura -ha dicho- se ha acordado una modificación de esa ley que atiende a dos motivaciones esenciales: reducir las cargas administrativas vas a los ciudadanos  y establecer un sistema de financiación pública de la producción cinematográfica más eficaz y eficiente". La norma aprobada, ha añadido, desarrolla reglamentariamente las dos leyes aprobadas introduciendo "algunas medidas de garantía de la unidad del mercado", esencialmente poniendo en marcha un nuevo modelo de la producción cinematográfica. 

La secretaría de Estado de Cultura ha subrayado en una nota de prensa que tras la aprobación de este Real Decreto "el cambio del modelo de financiación del cine culminará con la próxima aprobación de dos órdenes ministeriales: la de reconocimiento de costes e inversión del productor, y la de bases reguladoras de las ayudas". Esta última es muy relevante para el sector, ya que concreta los requisitos para acceder a las nuevas subvenciones, que sustituirán a las ayudas a la amortización -las que han propiciado el fraude- y se concederán de modo anticipado, y no en función de la taquilla como hasta ahora. 

Las principales novedades que introduce la norma aprobada, con la se desarrolla la reforma de la Ley del Cine aprobada en julio, suponen "la simplificación de la intervención administrativa en la cadena de producción, distribución y exhibición cinematográficas", según el departamento de Cultura. En relación con la nacionalidad española de las obras, se regula el procedimiento para el reconocimiento de la nacionalidad española de las series de televisión y se refuerza la exigencia de la obtención del certificado de nacionalidad como requisito para acceder a las ayudas. Por otro lado, se simplifica la calificación por edades al establecer una única calificación para la distribución de la película en cualquier soporte. Hasta ahora era necesario solicitar un nuevo certificado para la distribución en soporte videográfico. También se refuerza la exigencia de que la calificación se obtenga antes de la comercialización, difusión o publicidad de la película o de la obra audiovisual. 

En lo que se refiere al régimen de coproducción con empresas extranjeras, se refuerza la exigencia de que la solicitud de aprobación del proyecto de coproducción se realice preceptivamente antes del inicio del rodaje. Se precisa que, en los casos de participación minoritaria española en la coproducción, la participación efectiva del personal sea proporcional al porcentaje de participación española en la coproducción. 

El Real Decreto también regula qué se considera "obra audiovisual difícil", un concepto relevante a la hora de determinar el importe máximo de las ayudas a percibir, que englobará las producciones dirigidas por un nuevo realizador con un presupuesto no superior a 300.000 euros. También se considerarán "obra difícil" los cortometrajes y las obras rodadas en lenguas cooficiales distintas al castellano. El porcentaje de intensidad de las ayudas no podrá superar el 70%, el 75% y el 65%, respectivamente. 

Por otro lado, se elimina el requisito que condicionaba la concesión de las ayudas a la no comercialización de las películas a través de soporte videográfico en determinados periodos de tiempo tras su estreno comercial en salas de exhibición. Y se simplifican los trámites para la distribución al eliminar el certificado de distribución exigido hasta ahora como requisito previo a la comercialización de las películas para su exhibición en salas cinematográficas.

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