Análisis

Joaquín Aurioles

Coordinación vs bilateralidad

Una nómina tan extensa de ministerios y vicepresidencias hacía presagiar un impulso a la coordinación con las comunidades autónomas. Al menos en aquellas políticas en las que el grueso de las competencias está en manos de estas, como educación, cultura, universidades, investigación, industria, consumo, transición ecológica, asuntos sociales, sanidad, etc. La realidad es que ni siquiera en sanidad, tras año y medio de pandemia, existe una estrategia nacional coordinada y que el esfuerzo que una comunidad o municipio puede pedir a su población resultará inútil si el de al lado consiente en conciertos y botellones.

La unidad y la autonomía de las partes discurren por senderos diferentes y con tendencia a distanciarse, pero ambos son ingredientes básicos de cualquier modelo político de corte federal. El adecuado equilibrio entre ambos es el gran reto del federalismo y conviene recordar que una situación se define como equilibrada cuando desaparecen los incentivos para alterarla y para ello son necesarias reglas claras, lealtad y coordinación.

El Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF) y la Conferencia de Presidentes son los órganos que, ante la incompetencia del Senado, canalizan el debate multilateral entre autonomías y deberían impulsar la coordinación política, pero la realidad es que su actividad es irregular, sus acuerdos son meramente consultivos (no vinculantes) y a sus convocatorias suelen ser incompletas por ausencia de Cataluña y País Vasco. Pese a ello, sean bienvenidas las próximas convocatorias de ambos. En el caso del CPFF, que lleva años aplazando la "urgente" renovación del sistema de financiación de las autonomías, para decidir sobre el reparto de los 13.500 millones que el gobierno se comprometió a transferir a las comunidades. Parece que será en función de la población y País Vaco ya ha anunciado su intención de no acudir. Prefiere discutirlo de forma bilateral y es probable que Cataluña diga lo mismo.

El principio de coordinación supone la garantía de que cualquier iniciativa de parte tiene en cuenta el interés de las otras y debería impedir el recorrido de las que son imposibles o solo concebibles en el marco de una relación bilateral entre el estado y una de las partes. Es de suponer, por ejemplo, que un Senado competente habría impedido la disparatada obligación de que la inversión del estado en Cataluña no pueda ser inferior a su PIB relativo y simultáneamente en Andalucía a su peso demográfico.

La bilateralidad no solo es un obstáculo a la coordinación, sino que también conduce, con frecuencia, al desatino. Salvo en Sanidad y la apuntada convocatoria del CPFF, en la agenda de la extensa y renovada nómina de ministros escasean los compromisos de coordinación multilateral con las comunidades autónomas, pero abundan los de reunión bilateral con motivo de la mesa de diálogo con Cataluña. En discusión, suponemos, el reparto de las ayudas europeas a la recuperación y el encaje de las aspiraciones catalanas de pacto fiscal. Son malas noticias para el resto, cuyos intereses solo entrarán en juego en segunda ronda, es decir, tras el cierre de los acuerdos que garantizan los intereses catalanes.

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