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La tribuna

Ángel Rodríguez

La última palabra sobre el 'Estatut'

LA vuelta de las vacaciones nos ha traído, de nuevo, el rumor de una próxima sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre el Estatuto de Cataluña y con ello una nueva polémica con la que parece inaugurarse el curso político: ¿debe ser la del TC la última palabra en este asunto? Claro que de esta pregunta se desprende, a su vez, otra de alcance más general: en una democracia, ¿quién tiene la última palabra?

Los que nos dedicamos a la enseñanza del Derecho solemos decir a nuestros estudiantes que hay tres tipos de respuestas a los interrogantes jurídicos: la respuesta corta, la respuesta larga y la que demuestra que la pregunta está mal planteada. La respuesta corta es en este caso, como siempre, la más clara y contundente: la última palabra en la interpretación de la Constitución la tiene el Tribunal Constitucional. Una vez que se pronuncie ya no caben más instancias, y al resto de los españoles, ciudadanos y autoridades, no nos cabe otra opción que acatar y cumplir su sentencia. Como dijo en una ocasión uno de los magistrados del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, haciendo gala de ese puntito de ironía que es mucho más común en los jueces anglosajones que en los nuestros, no se trata de que estos tribunales sean infalibles y de que por esa razón se les conceda la última palabra, sino justamente de lo contrario: alguien tiene que tener la última palabra, y sólo por eso decimos de quien la tiene que es infalible. Dicho en estos términos, no cabe ninguna duda al respecto: el infalible en este punto es el TC.

Pero, también como siempre, hay una respuesta larga que obligaría a matizar la contundencia de la anterior. Los matices son alcanzables desde varias perspectivas: en primer lugar, no es en absoluto infrecuente (y, a mi modo de ver, tremendamente saludable) que los tribunales constitucionales cambien, cada cierto tiempo, de opinión. El nuestro no es una excepción, y si aún no son muchos y clamorosos los cambios de jurisprudencia ello se debe tan sólo a los escasos tres decenios que lleva en funcionamiento. El hecho de que en nuestro complejo ordenamiento territorial lo que no es constitucional y lo que sí dependa no sólo de la Constitución sino, a veces, de otras leyes, abre una segunda perspectiva: si esas leyes se modifican (por las Cortes, claro, las únicas legitimadas para hacerlo), lo que hoy no es conforme a la Constitución podría serlo mañana. La tercera perspectiva es, por último, la más evidente y me recuerda lo que gustaba repetir un profesor de bachillerato cada vez que nos explicaba algunas de las caprichosas reglas de la gramática francesa: yo explico francés, nos decía, pero no lo inventé. Algo parecido puede decirse de los tribunales constitucionales: son los supremos intérpretes de las constituciones pero, afortunadamente, no las escriben. Lo que de ahí se sigue es prácticamente una obviedad: si los que pueden hacerlo -las Cortes como representantes del pueblo y éste como titular de la soberanía nacional- cambian la Constitución, necesariamente cambiará también su interpretación.

Lo que demuestra todo lo anterior es, como ya habrán ustedes sospechado, que la pregunta sobre quién tiene la última palabra en una democracia está en realidad mal planteada, pues nadie la tiene. En una democracia no hay decisiones finales, sino procedimientos que permiten revisar cualquier tipo de decisión previamente tomada, incluso las más trascendentales. No hay verdades inmutables esculpidas en piedra, sino un conjunto de vías previamente establecidas para cambiarlas cuando se considere necesario.

Ahora bien, es evidente que ninguna sociedad puede sobrevivir replanteándose continuamente sus propios pilares y por eso el Derecho establece procedimientos muy complejos para revisar las decisiones más importantes. De manera que la sociedad democrática, al dejar permanentemente abiertos los canales para el debate y el cambio, traslada a la clase política una tremenda responsabilidad: la de actuar con la sabiduría necesaria para decidir cuándo esos canales deben ponerse en marcha y cuándo no.

Hay ocasiones en las que la complejidad y el coste de volver a revisar una decisión aconsejan darle la bienvenida como si fuera irrevocable. Por eso, aunque sepamos que será sólo la penúltima palabra, conviene tomarla, durante una buena temporada, como la última. Gracias a ello, pacificamos algunas cuestiones, aun a sabiendas de que probablemente, en el futuro, habrá que volver a visitarlas. Hemos estado dedicando los últimos años a la reforma de nuestro Estado autonómico y, en mi opinión, ya es hora de finalizar el debate: ya que no punto y final, el TC debería poner punto y seguido, por unas cuantas legislaturas, a esta cuestión. Esta sería la manera más sensata de saludar, sea cual sea su contenido, la sentencia sobre el Estatuto de Cataluña.

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