La Euroorden, puesta en cuestión

En la decisión del tribunal alemán hay una clara desconfianza y supone un retroceso en la construcción de una Justicia europea

Anadie se le escapa que la decisión del tribunal de Schleswig-Holstein (Alemania) de no entregar al ex presidente de la Generalitat Carles Puigdemont para que sea juzgado en España por un delito de rebelión es un duro varapalo para el Tribunal Supremo y para el juez Pablo Llarena. La Justicia germana sí accede a extraditar al político huido para que se someta a un juicio por malversación, pero tanto ética como estéticamente es imposible que el líder de la intentona del 1 de octubre sea juzgado por delitos de menor calificación penal que otros que, como el ex vicepresidente catalán Oriol Junqueras, no huyeron al extranjero y se quedaron en España para asumir sus responsabilidades. Con sus peripecias y aventuras internacionales, Puigdemont se ha convertido en el héroe del soberanismo más gamberro, pero seguramente, con el tiempo, la postura más coherente y honesta del líder de ERC terminará calando en la amplia facción del nacionalismo catalán que cada vez está más cansada de un procés que no le ha llevado a ninguna parte.

La Justicia española, que ayer no conocía oficialmente la noticia, tendrá ahora que decidir qué estrategia seguirá en los próximos tiempos. Las posibilidades son amplias. Una de ellas, quizás la más probable, es renunciar a la Orden de Detención Europea (la famosa Euroorden) y mantener sólo la nacional, lo que obligaría a Puigdemont a vivir alejado de Cataluña o a entregarse para así ser juzgado por rebelión, algo que difícilmente ocurrirá.

Más allá de estas especulaciones, lo que queda demostrado es el larguísimo camino que le queda a Europa en la construcción de una Justicia comunitaria. La Euroorden, que queda fuertemente cuestionada, se basa en la confianza entre las distintas justicias nacionales europeas, algo que se ha quebrado con la decisión del tribunal de Schleswig-Holstein, que se ha permitido enmendar la plana a todo un Tribunal Supremo español al argumentar que los independentistas no habían ejercido la violencia suficiente para que su actitud pudiese ser considerada como alta traición (la figura penal alemana más parecida a la nuestra de rebelión). ¿Cómo un tribunal tan lejano y ajeno a la causa puede llegar a una conclusión tan tajante pese a la opinión de sus propios fiscales y de los jueces españoles, que sí conocen muy bien el problema? Es indudable que existe una evidente desconfianza. Ahora más que nunca se ven las nefastas consecuencias de haber perdido la batalla de la opinión pública internacional en aquellos convulsos días de octubre.

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