Tribuna

Jesús Jordano Fraga

Catedrático de Derecho Administrativo

En defensa de la familia (numerosa)

La Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas ha quedado superada ampliamente por la realidad social. Hay que reformarla

UNA de las consecuencias de la pandemia es la caída de la natalidad. Son ya dos primaveras robadas y basta recontar entre nuestras amistades cuántas parejas se enamoraron en nuestras calles y ferias: dos primaveras no constituyen anécdota. Pero hay más razones, porque la caída de la natalidad viene de lejos. Directamente culpo a la cultura de la izquierda que ha denostado desde hace décadas a la mujer madre y al emprendimiento empresarial. ¿Puede extrañarnos que nadie quiera ser empresario o madre? ¿Puede extrañarnos que el sueño sea ser funcionario? España es uno de los países del mundo con más baja natalidad. Las tasas más bajas de natalidad están en Italia (7,0), España (7,6) y Grecia (7,8). La tasa de fertilidad española es una de las más pírricas del mundo: 1,35%. El horizonte demográfico es terrorífico, pues hay proyecciones de caída de población para Japón -desde los 128 millones a menos de 53 millones-, o Italia -de 61 millones a 28 millones para fines de siglo-. No contribuyen a paliar el fenómeno las crisis económicas encadenadas. Primero, la crisis financiera y ahora la pandémica. Las parejas no se emancipan o lo hacen tarde; se retrasa el nacimiento del primer hijo. La cuestión es qué políticas pueden revertir este fenómeno. Y aquí las comparaciones son odiosas. Porque hacemos muy poco en España. Tenemos una ley de familia numerosa obsoleta con gestión burocratizada y de espaldas a la realidad social.

Como medidas de impulso se puede pensar en excedencias complementadas por la Seguridad Social, tal como se hace en Alemania, donde la madre dispone de 42 días de permiso antes del parto, otros 98 días tras el nacimiento y un año percibiendo un 67% de su último sueldo. O los permisos de paternidad y maternidad mucho más generosos de Suecia y Dinamarca. En Suecia, los progenitores tienen derecho a 480 días de baja pagados, de los cuales el padre debe coger 90. En Francia, líder europeo en natalidad, se aplica en IRPF el "cociente familiar" que consiste en dividir la renta familiar gravable entre el número de miembros. De esta manera, una pareja casada con tres hijos divide sus ingresos netos entre cuatro.

En España tenemos una situación caduca y cicatera (los beneficios son irrisorios). La Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas ha quedado superada ampliamente por la realidad social. Vemos dos graves errores además de la cicatería: no contemplar la realidad de los divorciados e ignorar el paro juvenil galopante y endémico.

Al aplicarse el art. 3.3. "Nadie podrá ser computado, a los efectos de esta ley, en dos unidades familiares al mismo tiempo" de la Ley de Protección a las Familias Numerosas a las personas divorciadas o separadas, se está haciendo una aplicación extensiva de un precepto destinado a evitar fraudes y situaciones anómalas (bigamia, familias creadas artificiales para conseguir los requisitos exigidos -tener tres hijos o más) y se vulnera una expresa previsión que permite a los divorciados o separados no convivientes ostentar el título de familia numerosa. Piénsese que hoy están divorciadas el 50% de las parejas que se casan. En relación a los casados (los dos ostentan el carné) se discrimina a los divorciados en los que un solo cónyuge podrá ser titular del mismo. Es un despropósito contrario a la igualdad constitucionalizada. Es irracional que los hijos sólo disfruten de tarifas reducidas de viaje con un cónyuge y no con el otro una vez divorciados; es absolutamente irracional dada la vulnerabilidad económica de las familias divorciadas. El otro gran error, a mi juicio, es no haber adaptado la Ley a la edad real de emancipación, hoy más cercana a los 30 años. Se obliga así a renovar anualmente el carné con el coste burocrático que ello representa. ¡¡Pero si somos el país europeo con más paro juvenil!!!. La ley debiera otorgar el carné hasta que lo hijos cumplan 30 años de oficio.

La Junta puede revertir la situación descrita. Quien esto escribe tiene tres hijos que son su alegría más profunda. Soy el séptimo hijo de mis padres, que eran respectivamente 12 y 12 hermanos. Tal vez esos números son de otras épocas. Pero una razonable defensa de la demografía es posible cambiando en el sentido descrito nuestro ordenamiento y sobre todo el modo de administrarlo.

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