Provincia de Cádiz

La Audiencia condena a los absueltos en el caso de la perrera de Puerto Real

  • La nueva sentencia revoca la dictada hace un año e impone penas mínimas al dueño de El Refugio, a la directora y a un veterinario por maltrato animal

Miembros de la organización animalista El Refugio, que denunció el caso, a la puerta de los juzgados antes de la celebración del juicio.

Miembros de la organización animalista El Refugio, que denunció el caso, a la puerta de los juzgados antes de la celebración del juicio. / jesús marín

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a los tres procesados por el caso de la perrera de Puerto Real, en cuyas instalaciones -según el tribunal- se practicaban eutanasias "agónicas" e "insufribles" a los animales mediante el uso de un relajante muscular denominado Mioflex. De ahí que el dueño de El Refugio, la directora y un veterinario del centro hayan sido considerados autores de un delito de maltrato animal, por el que se les has impuesto la pena de tres meses y 22 días de prisión a cada uno de ellos así como la inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión que tenga relación con los animales durante un año.

La resolución de la Audiencia de Cádiz llega un año después de que los tres encausados fuesen absueltos en primera instancia por el Juzgado de lo Penal número 4 de Cádiz. En esa ocasión, el juez consideró que el dueño de El Refugio, la directora y el veterinario no propiciaron de manera intencionada el sufrimiento de los animales cuando los sacrificaban con el empleo del polémico Mioflex.

Los tres procesados han sido condenados a la pena de tres meses y 22 días de prisión

Esta primera sentencia fue recurrida tanto por la fiscal del caso, Patricia Navarro, como por las acusaciones particulares ejercidas por la asociación homónima Bienestar Animal El Refugio y por una pareja de italianos que alojaron a sus perros en las instalaciones puertorrealeñas en régimen de residencia durante un fin de semana, si bien, a su vuelta, encontraron que sus mascotas habían sido sacrificadas.

Ahora, el tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia ha revocado la decisión del magistrado titular del Penal 4, Julio Serrano, y ha concluido en una nueva sentencia que los tres procesados aplicaron Mioflex con el objetivo de "abaratar" y "simplificar" las eutanasias, siendo además conocedores de que este relajante no pautado en animales provocaba en los ejemplares "una muerte agónica e insufrible", cuando ello era evitable, pues con otros medicamentos podía realizarse una eutanasia rápida "con mínima molestia".

Para la Audiencia Provincial de Cádiz, los tres encausados son responsables del delito de maltrato animal: el veteriano porque "realizaba las eutanasias" y la directora y el responsable y administrador único del centro, porque "si bien no ejecutaban personalmente las eutanasias, tenían el dominio funcional de los hechos, ya que dados sus cargos no sólo conocían y consentían el uso del Mioflex, sino que podían haber evitado su utilización".

Para finalizar, la Audiencia afirma que, en este asunto, concurre la atenuante de dilaciones indebidas del artículo 21.6 del Código Penal como muy cualificada, ya que la causa fue incoada por auto de fecha 11 de octubre de 2007.

"SE HA HECHO JUSTICIA"

De otra parte, la organización proteccionista El Refugio, que denunció los hechos ante el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil en junio de 2007, ha celebrado que con esta revocación "se ha hecho justicia".

"Hoy es un día importante para la protección animal, llevamos once años esperando a que el dueño, la directora y el veterinario de la perrera de Puerto Real sean condenados por maltrato animal y lo hemos conseguido", ha indicado en un comunicado el presidente de El Refugio, Nacho Paunero.

Desde El Refugio han recordado que en la perrera de Puerto Real, bautizada como la "perrera de los horrores", se recogían anualmente miles de perros y gatos de varios municipios de la provincia de Cádiz, los cuales eran sacrificados con un paralizante muscular, el referido Mioflex, que era inyectado indiscriminadamente. Esto ocasionaba a los perros y gatos recogidos una muerte lenta y agónica por asfixia, que en la mayoría de las ocasiones podía durar varios minutos.

El colectivo animalista incide en que durante el transcurso de los procesos eutanásicos, los animales estaban "absolutamente conscientes" hasta que fallecían asfixiados, dado que el Mioflex afectaba a los músculos respiratorios.

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