Provincia de Cádiz

Condenado a tres años y medio de cárcel el ex presidente de Asprodeme

  • La Audiencia ve probado que Diego Periñán se apropió, en 2002 y 2003, de 56.760 euros de la asociación de atención a discapacitados · La sentencia condena a su hijo a 2 años y medio de prisión

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a Diego Periñán Quintero, ex presidente de Asprodeme, a tres años y seis meses de prisión por un delito de apropiación indebida y otro de falsedad documental. La sentencia estima probado que, durante 2002 y 2003, Periñán, de 73 años de edad, se apropió de 56.760 euros de la asociación provincial de atención a discapacitados radicada en Puerto Real que él presidió durante 27 años: desde su constitución en 1976 hasta que en julio de 2003 dimitió de su cargo. El tribunal también condena a Francisco Javier Periñán Delgado, hijo del ex presidente de Asprodeme, a dos años y seis meses de prisión por los mismos delitos. La sentencia no es firme: contra ella cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

Asprodeme atendía en 2005, cuando su junta directiva presentó una denuncia en el Juzgado contra Diego Periñán, a unos 70 usuarios de la provincia de Cádiz, entre ellos unos doce ancianos en plazas privadas. El 95% de los discapacitados ocupaban entonces plazas concertadas. La asociación, sin ánimo de lucro y con una plantilla de 48 trabajadores, manejaba un presupuesto anual de unos 800.000 euros y recibía subvenciones de la Junta de Andalucía (el grueso de la aportación económica que le llegaba del exterior), de la ONCE, de la Fundación Comes y del Ayuntamiento de Puerto Real.

La resolución de la Sección Tercera de la Audiencia, de la que ha sido ponente la magistrada Inmaculada Montesinos Pidal, explica que en 2002 y 2003, Diego Periñán, en ocasiones de acuerdo con su hijo, dispuso en beneficio propio de fondos de Asprodeme. Para que esas distracciones no tuviesen reflejo contable en la contabilidad de la asociación, afirma la sentencia, se incumplían deliberada y reiteradamente normas y principios contables de obligado cumplimiento, lo que daba lugar a una contabilidad incomprensible e incoherente.

Periñán contrató a su hijo en 1995 como empleado de Asprodeme y lo despidió en 2003 con una indemnización de 12.734 euros. La resolución señala que pese a estar contratado y recibiendo el correspondiente salario durante todo ese tiempo, Francisco Javier Periñán sólo acudió a trabajar a la asociación durante unos meses del verano de 1998 y en 2003.

La sentencia relata que Diego Periñán acudía personalmente a diversos centros comerciales de la provincia y en particular a Makro, en El Puerto, para hacer la compra de productos necesarios para el centro residencial de Asprodeme. Aprovechando que no se hacía inventario de existencias y productos comprados para el centro, indica, hacía también allí la compra de efectos destinados a su domicilio. Todo ello, agrega la resolución, lo pagaba con una tarjeta bancaria vinculada a una cuenta de la asociación.

A esa cuenta también cargaba gastos en locales de hostelería y viajes sin relación alguna con su actividad en la asociación, afirma la sentencia. En 2002, anota, Periñán cargó en la cuenta de Asprodeme 3.405 euros de gastos personales. La sentencia condena a Periñán a indemnizar a Asprodeme con 56.760 euros.

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