Lucha contra el narcotráfico

El Consejo de Ministros aprueba hoy la prohibición de las narcolanchas

  • Las fuerzas de seguridad podrán incautarlas lleven o no mercancías

  • La medida debe pasar por el Congreso de los Diputados antes de entrar en vigor

Narcolanchas amontonadas en un almacen de la comisaría de La Línea.

Narcolanchas amontonadas en un almacen de la comisaría de La Línea. / E. S.

El Consejo de Ministros, reunido de manera extraordinaria en Sevilla, aprobará esta mañana el decreto-ley con el que prohibirá las lanchas que los narcotraficantes utilizan para realizar los transportes de droga o tabaco a través del Estrecho hacia el Campo de Gibraltar. La medida deberá pasar luego por el Congreso de los Diputados, donde se espera que sea aprobada por unanimidad. 

La prohibición de las narcolanchas, uno de los eslabones básicos en los que se sustenta la actividad de las redes del narcotráfico, es una vieja reivindicación de los colectivos contra la droga que puso en marcha a principios de año el anterior ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido.

Supondrá una herramienta fundamental para que las fuerzas de seguridad pongan freno a la imagen de estas embarcaciones rápidas cruzando el Estrecho cargadas de droga. Hasta ahora, si la lancha no era detenida con mercancía a bordo y tenía todos sus papeles en regla se le tenía que devolver al dueño, que podía continuar con sus actividades delictivas. A partir de ahora, esté en el mar o en la tierra, cuando se detecte quedará automáticamente incautada. Además se prohibirá que salgan a subasta pública, lo que permitía que volvieran al mercado y, al final, a las mismas manos de a quien se le había incautado. 

Estas embarcaciones de alta velocidad son del tipo RHIB (Rigid-hulled inflatable boat), las utilizadas masivamente por las redes delictivas con hasta cuatro motores fueraborda capaces de alcanzar una potencia de un millar de caballos (un motor fueraborda tipo ofrece una potencia media de 250 caballos). A partir de su trámite parlamentario, estas embarcaciones sólo podrán ser utilizadas por organismos o entidades públicas y aquellas que se encargan de labores de salvamento y de asistencia marítima.

El Gobierno de Gibraltar las prohibió en 1995.    

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