Provincia de Cádiz

75 años de edad, 12 de prisión

  • Condenado por traficar con cocaína un septuagenario detenido en una operación que capturó 16 kilos, 14 de ellos en una vivienda que tenía alquilada en Valdelagrana

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a doce años de prisión a José María Carrasco Sánchez, de 75 años de edad, detenido en 2004 en una operación policial que capturó 16 kilos de cocaína. Dos kilos los transportaba el procesado en su coche por la autopista AP-4, camino de Sevilla, según explica la sentencia. Otros 14 kilos fueron hallados en el registro de una vivienda ubicada en Valdelagrana, en El Puerto, por el que Carrasco pagaba un alquiler mensual de 3.000 euros.

Viejo conocido de la Policía y de la Guardia Civil, hay constancia de la actividad delictiva de José María Carrasco desde 1999, cuando fue detenido por tráfico de drogas. Cuando cayó en 2004, la Policía lamentó que Carrasco hubiese obtenido beneficios penitenciarios por su edad durante sus estancias en prisión. Pocos meses antes de ser detenido en la operación de los 16 kilos de cocaína, había sido arrestado con diez kilos de hachís. Entonces fingió una angina de pecho y, por su edad, fue puesto en libertad, explicó un mando policial.

La sentencia que ahora ha condenado a Carrasco a doce años de prisión (once por traficar con cocaína y uno por tenencia ilícita de armas) absuelve a otro procesado para quien el fiscal solicitó doce años. Ese acusado acudió a auxiliar a Carrasco a la AP-4 cuando a éste se le estropeó su automóvil y lo llamó por teléfono.

La sentencia de la Sección Cuarta, de la que ha sido ponente el magistrado Manuel Estrella, considera que la conversación telefónica "permite mantener serias sospechas" de que el segundo procesado sabía qué estaba transportando Carrasco. Pero, en contra de lo que sostenía el fiscal, el tribunal estima que la conversación entre los dos acusados no es prueba suficiente para enervar la presunción de inocencia, entre otras cosas porque es única.

Los magistrados consideran en cambio que las pruebas que pesan sobre Carrasco son "contundentes, palmarias y absolutamente respetuosas con cuantas garantías constitucionales le han amparado a lo largo del proceso penal". Y también que había no "sospechas" sino "verdaderos indicios" que avalaban la intervención de su teléfono. Por ejemplo, que tenía arrendada una vivienda por la que pagaba una importante cifra en concepto de renta sin que nadie la ocupara y que, como luego fue acreditado, servía de tapadera para hacer acopio de importantes cantidades de droga.

Otro indicio, destaca la sentencia, es el hecho de que durante la vigilancia policial a la que fue sometido, se puso en contacto con conocidos traficantes de drogas. Otro, agrega la resolución, el alto nivel de vida que llevaba pese a que no constaba que tuviese actividad lícita alguna.

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