Provincia de Cádiz

El juez condena a Aqualand por la fractura de coxis que sufrió una joven

  • La sentencia impone 42.500 euros de indemnización a los gestores del parque acuático de El Puerto

Imagen de archivo de una de las atracciones del parque acuático portuense.

Imagen de archivo de una de las atracciones del parque acuático portuense. / D.C.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de El Puerto ha condenado a la empresa Aspro Ocio, S.A., que gestiona el parque acuático Aqualand, a indemnizar a una usuaria que se fracturó el coxis tras sufrir un accidente en una atracción por su "mal estado de conservación". El magistrado Manuel Ramón Llanos ha impuesto en una reciente sentencia que la entidad demandada abone a la joven 42.541, 67 euros, cantidad a la que habría que sumar los intereses legales más las costas del procedimiento.

La resolución judicial, que no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz, expone que el incidente tuvo lugar el 11 de julio de 2011 en una atracción del parque portuense denominada 'Cola del Diablo'. Se trata de un tobogán acuático cubierto en la totalidad de su recorrido, por el que se discurre con un flotador y que desemboca en una piscina descubierta.

La usuaria, de 30 años a la fecha de los hechos, "sufrió lesiones de gravedad, entre otras fractura de coxis, por las que tuvo que ser trasladada en ambulancia a un centro médico", apunta la sentencia, que "descarta por completo cualquier tipo de negligencia por parte de la propia víctima".

El abogado de la damnificada, Manuel Villanego, explicó en la vista oral que el suceso se produjo en el penúltimo tramo de la atracción, que debía encontrarse en "mal estado de conservación". El abogado acreditó a través de un informe pericial que el tramo del tubo en que sufrió el golpe la lesionada fue sustituido por el parque acuático "si no de manera inmediata, sí a los pocos días del siniestro".

Según recoge la sentencia, el perito que redactó el informe declaró "con plena credibilidad" que se personó en el parque Aqualand a los diez días del accidente y que le permitieron hacer fotografías, si bien, "con una actitud poco colaborativa, no pudo examinar la atracción, pues se negaron a detener su funcionamiento". En este punto, "y siendo generosos con la actitud del parque acuático" -apunta el magistrado- se pone de manifiesto por el perito "una patente contradicción" de los gestores de Aqualand sobre el tramo del tubo que se encontraba colocado el día del siniestro y un "elocuente silencio" sobre el motivo del cambio. Finalmente el experto concluyó que "un mal estado de parte del tubo originó el accidente".

En contraste a esto, señala el juez, "sorprende la pasividad de la mercantil demandada. Se limita más que negar rotundamente la realidad de los hechos, a poner en duda la versión de la acusación, pero sin ofrecer ninguna alternativa o explicación plausible sobre lo que, a su juicio, ocurrió". Así, los representantes de la sociedad adujeron desconocer el motivo del accidente para posteriormente imputarle a la propia joven la responsabilidad de lo ocurrido.

En base a la prueba practicada, el magistrado titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de El Puerto ha concluido que "dada la gravedad del siniestro, la ausencia de culpa de la víctima y la conducta reticente de la demandada", la empresa que gestiona Aqualand es "la única responsable" del siniestro.

En cuanto al alcance de las secuelas, se reconoce en la perjudicada -como no podía ser de otra forma- una fractura de coxis como lesión principal, "con un tiempo de curación de 400 días impeditivos".

El abogado de la damnificada ha explicado a este medio que su cliente sigue sufriendo, aún hoy, numerosas limitaciones. Desde la imposibilidad de tener un parto natural por la estrechez pélvica que padece hasta la incapacidad de realizar cualquier tarea que implique correr, andar o incluso estar sentada en la misma postura mucho tiempo.

Este procedimiento judicial se ha dilatado en el tiempo casi siete años por diversas razones. Por un lado, las partes implicadas en este caso intentaron, sin éxito, llegar a un acuerdo. A esta falta de consenso hay que sumar, según el abogado Manuel Villanego, el colapso judicial que sufren los juzgados portuenses.

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