Provincia de Cádiz

Las escuchas al clan de Follarranas, "válidas"

  • La Audiencia desestima la petición de nulidad de las defensas de los 23 acusados de tráfico de droga en Conil

La Audiencia Provincial de Cádiz juzgará a 23 acusados de pertenecer a una organización dedicada en Conil al tráfico de drogas, conocida como el clan del Follarranas, después de que el tribunal de la Sala decidiera desestimar ayer la petición de nulidad de las intervenciones telefónicas durante la instrucción del caso, por lo que el juicio continuará hoy , estando prevista su conclusión el próximo 14 de febrero.

Según la Fiscalía, que pide penas que oscilan entre los nueve y los cinco años, la organización utilizaba embarcaciones semirrígidas para introducir el hachís desde Marruecos a la costa de Conil de la Frontera. Asimismo, señaló que tenía contacto con un marroquí al que le compraban la droga tras una entrega de 120.000 euros por cada transportes.

Por su parte, tres de los acusados se encargaban en España del dispositivo para recoger el alijo, contando para ello con una serie de colaboradores que, a cambio de dinero, vigilaban las zonas estratégicas del paso de la droga desde la playa hasta el almacén.

El 28 de octubre de 2006 agentes de la Guardia Civil interceptaron un alijo en la playa de El Palmar, siendo detenidos los acusados tras una persecución, en la que dos de los acusados llegaron a tirar por la ventana del vehículo robado en el que huían varios fardos, llegando colisionar con ellos el vehículo policial que los perseguía en dirección a Los Caños. Los agentes lograron hallar 36 fardos de hachís con 993 kilos, mientras que otros 48 bultos se hundieron al ser desembarcados.

En la vista que dio comienzo ayer, tras un intento de acuerdo de las partes que no fructificó, las defensas solicitaron la nulidad de las escuchas al considerar que los autos realizados por la juez de instrucción no justificaban dicha intervención, por lo que alegaron la vulneración de derechos fundamentales y constitucionales de sus defendidos. Las defensas afirmaron que no se daba el principio de ser "necesarias" dichas escuchas, ya que para ello, alegaron que "tiene que haber una investigación rigurosa y seria, así como indicios de delito y no sospechas", lo cual aseguraron que no se daba, llegando a afirmar que hubo "poca o ninguna investigación" como para solicitar la escuchas telefónicas.

En este sentido, cuestionaron las motivaciones de los agentes que llevaron la investigación a solicitar dichos autos, ya que no consideraron justificado que se solicitara por constatar que los entonces sospechosos carecían de trabajo, realizaran gastos de dinero "exagerados" con respecto a su situación de empleo o que cambiaran "con frecuencia" de teléfonos móviles y utilizaran además cabinas "cuando las conversaciones lo requerían por su delicadeza". Además, manifestaron que hubo "falta de notificación" al Ministerio Fiscal de los autos en los que se autorizaba a realizar las intervenciones telefónicas.

Por su parte, la fiscal antidroga de la Audiencia Provincial, Ana Villagómez, alegó que en las intervenciones se respetaba la legalidad. Asimismo, señaló que en los autos se hace costar las "exigencias jurisprudenciales". Y aseveró que hubo ocho meses de seguimiento e investigación y que se hacía constar los bienes, por lo que "no es cierto" que no estuviera contrastado ese dato. La fiscal también indicó que la Policía hizo constar datos como que se les vio a alguno de ellos en dos playas cogiendo datos para meter coordenadas en un GPS o que extremaban la seguridad, así como que "no es normal" que además de utilizar varios teléfonos móviles hagan también uso de cabinas telefónicas. Así, indicó que todos esos datos puestos en relación y dados "habitualmente" permitían a la jueza de instrucción deducir que se podía seguir llevando a cabo la actuación. Además, negó que los autos no fueran notificados al Ministerio Fiscal.

Finalmente, después de que el tribunal de la Sala deliberara sobre la petición, asumió como suyo el razonamiento de la Fiscalía y desestimó la nulidad de las escuchas solicitada por las defensas, las cuales hicieron constar su protesta.

Hoy pues seguirá el juicio contra esta supuesta organización a cuyo frente, según la fiscal , se encontraban S.F., conocido como Chano, y P.H., apodado Follarranas, que da nombre al clan acusado de introducir por la costa gaditana cargamentos de hachís procedentes de Marruecos. Hay según la Fiscalía un tercer responsable, el acusado número 24, J.M.T., quien se encuentra en prisión en Marruecos y no se sentará en el banquillo.

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