Provincia de Cádiz

El formol también da hijos

  • Un juez de Chiclana da validez a una prueba de paternidad mediante el ADN de la vesícula de un fallecido que llevaba casi siete años guardada en el Puerta del Mar

Una vesícula que llevaba casi siete años guardada en formol en el hospital Puerta del Mar de Cádiz ha permitido a un joven gaditano de 28 años que la Justicia reconozca, al menos en primera instancia, que es hijo biológico de un hombre fallecido hace ahora dos años, con lo que se podrá cambiar los apellidos en el Registro Civil y participar de la herencia.

Así lo dictamina una sentencia emitida el pasado 7 de abril por el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Chiclana, Julio Serrano Serrano. El fallo judicial, que va a ser recurrido ante la Audiencia Provincial, considera probado que un vecino de la capital gaditana que falleció a mediados de 2006 tuvo una relación extramatrimonial de la que nació, el 25 de diciembre de 1979, un hijo que pocos meses después del fallecimiento de este hombre decidió acudir a los tribunales para recibir sus apellidos y acceder así a su parte proporcional de la herencia dejada por el difunto.

Para llegar a esta conclusión, el juez se vale de las declaraciones de los testigos en el juicio verbal de filiación celebrado el pasado 5 de febrero y de la negativa de los tres demandados -la viuda y los dos hijos legítimos del fallecido- a hacerse las pruebas de ADN.

Esto último llevó al juez a buscar por otra vía diferente alguna prueba biológica que acreditara el parentesco solicitado por la parte demandante. Y lo hizo de una manera insólita: analizando una vesícula que le fue extirpada en vida al difunto en el año 2000 en el hospital Puerta del Mar de Cádiz -donde trabajaban el demandante y su madre- y que desde entonces permanecía custodiada en estas dependencias hospitalarias.

Esta prueba, que contó con el respaldo de la Audiencia Provincial antes de su realización y que concluyó que el ADN del fallecido y del demandante son coincidentes, fue rechazada por la parte demandada, que argumentaba que no había certeza de que esa vesícula perteneciera al fallecido y que el uso de estos restos afectaba a la memoria del difunto.

Nada de esto convenció al juez, que en la sentencia, además de criticar a la familia del finado por no someterse a las pruebas de ADN "y limitarse a entorpecer y poner trabas", explica que el análisis de la vesícula para descifrar su código genético "se ha practicado en todo momento bajo auspicio judicial, habiéndose ordenado la no destrucción de los restos y garantizado en todo momento la cadena de custodia". Y añade el juez que "en nada debe considerarse invadida la esfera personal o íntima del difunto".

Fuentes sanitarias confirmaban ayer a este periódico que todos los centros hospitalarios guardan en formol durante un tiempo prolongado aunque no ilimitado los restos humanos de las intervenciones quirúrgicas que se practican. Lo inusual es que se dictamine el acceso a los mismos mediante una orden judicial.

Junto a esto, el titular del Juzgado número 2 de Chiclana considera que la realidad de la filiación se ve reforzada por las declaraciones testificales practicadas en el juicio. "En efecto, casi la práctica totalidad de los testigos propuestos confirmaron la relación de la madre del actor (el joven demandante) y del fallecido, siendo calificada por los mismos como una cuestión o un hecho notorio que era sabido por todos", afirma textualmente en la sentencia.

Sólo uno de los testigos, concretamente la hermana del difunto, negó de forma clara esta relación, aunque el juez dice tener "la absoluta certeza" de que esta mujer "mintió" en su declaración, ordenando por tanto que se abran diligencias por si hubiera cometido un delito de falso testimonio.

Para corroborar su convencimiento absoluto de que efectivamente existió esa relación extramatrimonial entre el fallecido y la madre del demandante, el juez aporta en el tramo final de la sentencia un argumento que resulta cuanto menos curioso: "Es un hecho cierto y objetivo que a la hora de dar el pésame (tras el entierro) se hicieron dos filas, una para la esposa del fallecido y otra para la madre del demandante", asevera el juez citando a un testigo.

La parte demandada, que asegura desconocer la existencia de este hijo natural, reclamó también la incompetencia territorial del Juzgado para llevar este caso, algo que rechaza el juez por el hecho de que la viuda fue localizada en una casa que tiene en Conil.

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