Salud y Bienestar

Fiscalía pide el sobreseimiento de la causa por 9 empleados del Clínico de Valencia fallecidos de cáncer

  • Los profesionales trabajaban junto a las dependencias de Radioterapia y Medicina Nuclear pero no se encuentra relación entre este hecho y las muertes.

La Fiscalía de Valencia ha solicitado el sobreseimiento de la causa abierta por la muerte por cáncer de nueve trabajadores de las cocinas del Hospital Clínico, ubicadas junto a las dependencias de Radioterapia y Medicina Nuclear, por considerar que no ha quedado acreditada la relación entre los fallecimientos denunciados y la posible exposición a radiaciones.

El fiscal de Siniestralidad Laboral, Jaime Gil, así lo ha resuelto tras analizar los diferentes informes aportados en ese sentido por la Facultad de Físicas, el Consejo de Seguridad Nuclear, la Conselleria de Sanitat y el Ayuntamiento de Valencia, entre otros, según ha informado este miércoles la propia Fiscalía.

Gil ha estudiado además las testificales realizadas a los responsables de los distintos servicios del centro sanitario y todos los exámenes que pudieran determinar una causa eficiente de las referidas muertes, "sin que ninguna de las pruebas e informes constaten defecto de las instalaciones, productos y, en definitiva, causalidad con la patología sufrida por los denunciantes".

La investigación comenzó después de la denuncia presentada en noviembre de 2007 por familiares tras la muerte a causa de diferentes tipos de cáncer de varios trabajadores, denuncia a la que se adhirió la Fiscalía y cuyas diligencias previas ha desarrollado el Juzgado de Instrucción Número 12 de Valencia.

Según detalla Gil en un informe hecho público este miércoles, un informe del Servicio de Radiofísica y Protección Radiológica de enero de 2007 estimó "absolutamente improbable" que las patologías sufridas sean consecuencia de la exposición a radiaciones ionizantes cuyo origen sea la actividad propia del Servicio de Radioterapia, "dado los niveles que están muy por debajo de los legalmente establecidos"

A continuación, Inspección de Trabajo constató en julio de 2008 que la actuación del Hospital Clínico ha sido "siempre tendente de forma clara a investigar los hechos".

El área de Epidemiología de la Dirección General de Salud Pública de la Conselleria de Sanitat concluyó en 2008 por otro lado que la agrupación de casos de cáncer observada es "poco plausible biológicamente que responda a un factor causal compartido y pueda atribuirse al azar".

También se unió a la causa "exhaustiva" documentación del propio Clínico respecto a la cocina del centro y sobre controles, remodelaciones, productos químicos utilizados en área de cocina y radiología, prevención de riesgos en servicios de radiología como instalaciones de cocina, estructura y delimitación de las áreas destinadas a cocina y radiología.

El departamento de Física Atómica, Molecular y Nuclear de la Facultad de Física de Valencia determinó que los trabajadores que prestan sus servicios en las instalaciones radiactivas realizan su trabajo en "condiciones seguras" y que los situados en zonas exteriores a dicho servicio no están sometidos a "nivel de radiación diferente de la radiación de fondo ambiental".

Por su parte, el Consejo de Seguridad Nuclear emitió un informe sobre la inspección realizada en junio de 2008 a las instalaciones del Hospital Clínico, declarando "sin incidencias significativas" sus resultados.

Por último, en enero de 2009 el Ayuntamiento de Valencia constató que "no existe comunicación alguna entre ambas instalaciones y que las conexiones al alcantarillado también es independiente en ambas zonas".

Además, un médico forense analizó la etiología del cáncer padecido por los denunciantes y dispuso que los cánceres padecidos por los pacientes de referencia "no son coincidentes" y que, "bajo el punto de vista médico legal, no se puede establecer que la patología sufrida por los denunciantes haya sido consecuencia de lo denunciado".

Por todo ello, Gil señala que las nuevas peticiones de diligencias presentadas en enero de 2010 no deben ser admitidas, dado que "inciden en aspectos que han sido sobradamente contestados en todos los informes citados".

"Y el resto de diligencias -prosigue- o ya están suficientemente contestadas con una lectura de todos los informes o inciden en diligencias inocuas o pretenden dilatar la instrucción sin datos objetivos de los motivos de las nuevas vías de instrucción".

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