Sociedad

El CGPJ pide más medidas para que las mujeres no vuelvan a vivir con su agresor

  • Cree esencial que la mujer esté informada "desde el primer momento" del peligro que corre si vuelve con su agresor y de los medios de prueba que debe aportar para que el Juzgado valore adecuadamente su situación de riesgo.

El Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, dependiente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), ha propuesto que se intensifiquen las medidas para que las víctimas de violencia machista no reanuden la convivencia con su agresor tras presentar denuncia. El organismo que preside la vocal del CGPJ Ángeles Carmona ha planteado varias propuestas para mejorar la protección de las víctimas, tras analizar los 14 casos contabilizados este año en los que había un antecedente judicial previo a la muerte de la mujer.

La cifra de catorce muertes con procedimientos judiciales previos hasta el pasado 13 de noviembre, fecha de cierre del informe, supera ya el número total de casos en estas mismas circunstancias que se dieron en 2013, año en el que once mujeres que habían presentado denuncia murieron a manos de su pareja o ex pareja. En ocho de los casos, relata el Observatorio en una nota de prensa, la víctima reanudó la convivencia con el agresor tras la denuncia e incluso después de que éste fuera condenado.

Por ello, cree esencial que la mujer esté informada "desde el primer momento" del peligro que corre si vuelve con su agresor y de los medios de prueba que debe aportar para que el Juzgado valore adecuadamente su situación de riesgo. También considera "muy positiva" la propuesta de asistencia jurídica gratuita, previa a la interposición de la denuncia, contenida en el anteproyecto de ley sobre este asunto.

En las ocho ocasiones en las que se solicitó la adopción de una medida cautelar de protección, ésta fue concedida por el órgano judicial, aunque en ninguno de los casos se acordó la imposición de dispositivos electrónicos. El Observatorio incentivará la formación de los jueces y magistrados en esta materia, dado que no se ha producido ningún homicidio o asesinato en el que el presunto autor llevara la pulsera electrónica, lo que indica que los órganos judiciales habían valorado correctamente el riesgo de la víctima. En la mayoría de los 14 casos analizados, la víctima se acogió a su derecho de no declarar contra el agresor pero dado que este tipo de delitos se cometen habitualmente en la intimidad del domicilio, esta declaración adquiere "especial relevancia".

Por ello, propone que ésta sea grabada durante la fase de investigación y que pueda utilizarse para evitar una nueva declaración en el acto del juicio oral. La mayoría de las afectadas tenían una valoración del riesgo entre "medio" y "no apreciado", lo que, para el Observatorio, es preciso una revisión de los formularios utilizados en el Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de Violencia de Género.

El Observatorio propone que incluso cuando las valoraciones de riesgo sean de "no apreciado" o "bajo" se incluya la entrevista con personal de servicios asistenciales que atienden a la víctimas y que, en estos casos, se adopten medidas policiales de control. La introducción obligatoria de las denuncias que no se interponen ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el sistema Viogen es otra de las iniciativas planteadas. En uno de los casos analizados, el parte de lesiones extendido por un centro de salud al que acudió la mujer diez días antes de su muerte llegó por correo ordinario al Juzgado 24 horas después del crimen. Ante esta situación, se demanda que estos partes sean remitidos por vía urgente a los órganos judiciales y también a la Policía, la Guardia Civil o la Policía autonómica competente.

En dos de los sucesos se observa un excesivo plazo de señalamiento -hasta ocho meses- del juicio rápido ante el Juzgado de lo Penal, que según la Ley de Enjuiciamiento Criminal debe ser de quince días, por lo que se plantea el impulso por parte del CGPJ de la especialización de estos juzgados. En los supuestos de delitos cometidos sobre la mujer por su pareja o ex pareja, pide que la existencia de condenas anteriores por delitos leves se valore para no aplicar la suspensión de la pena privativa de libertad y aboga por incidir en la rehabilitación del maltratador con programas de reeducación. El Observatorio sugiere estudiar la conveniencia de eliminar las circunstancias atenuantes de confesión y reparación del daño, tras constatar que "la reacción de confesar el crimen en estos supuestos obedece más a un componente de jactancia o de reafirmación que al arrepentimiento".

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