Sociedad

Organizaciones de mujeres critican la sentencia del caso Arandina

  • Sostienen que el nuevo fallo, conocido la semana pasada, "perpetúa la cultura de la violación"

Raúl Calvo (dcha.) y Víctor Rodríguez, dos de los acusados, ante la Audiencia Provincial de Burgos el pasado noviembre.

Raúl Calvo (dcha.) y Víctor Rodríguez, dos de los acusados, ante la Audiencia Provincial de Burgos el pasado noviembre. / santi otero / efe

Casi 50 organizaciones feministas han expresado su "más profundo malestar" por la nueva sentencia dictada el pasado día 18 sobre el caso Arandina que, a su juicio, "perpetúa la cultura de la violación". Este casi medio centenar de asociaciones se han adherido a un comunicado en el que lamentan que la repercusión sobre esta nueva y sorprendente decisión" del tribunal "ha sido mínima", ante los "difíciles momentos que atraviesa" España por la crisis del coronavirus.

La sentencia, dictada la semana pasada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), absuelve a uno de los ex futbolistas condenados por agresión sexual sobre una menor y aplica una sustancial rebaja de penas a los otros dos. Previamente, los tres fueron condenados por la Audiencia Provincial de Burgos a 38 años de cárcel.

La repercusión de la modificación de las penas ha sido mínima por la crisis sanitaria

"El mensaje que lanza esta sentencia es terrible, de nuevo, se desplaza el foco de la culpabilidad en la víctima y los agresores salen prácticamente indemnes", han apuntado las organizaciones firmantes, entre las que están la Federación de Mujeres Progresistas, la Fundación Mujeres o la Asociación de Mujeres Juristas Themis.

Debido a que la repercusión de este fallo judicial ha sido "mínima" ante la situación por el coronavirus, las organizaciones feministas han destacado "la trascendencia de un fallo de esta envergadura que únicamente viene a demostrar que continúa perpetuándose la cultura de la violación".

Según han explicado, la sentencia inicial de la Audiencia Provincial de Burgos definió lo ocurrido como agresión sexual, al apreciar "intimidación ambiental", teniendo en cuenta la diferencia de edad y complexión física de ellos, y condenó a los tres jóvenes a 38 años de prisión el pasado diciembre. Ahora, la Sala Civil-Penal del TSJCyL absuelve a uno de los condenados y atenúa las penas hasta los cuatro y tres años de prisión para los otros dos al apreciar, entre otras causas, "la cercanía de edad y la "proximidad en el grado de madurez con la menor".

"No entendemos el giro interpretativo que ha tomado este caso y las diferencias tan sustanciales entre ambas decisiones judiciales; pero lo que está claro es que vuelve a ponerse en duda la credibilidad de la víctima", sostienen las organizaciones.

Además, han remarcado que "el último fallo no tiene en cuenta en absoluto el Código Penal que elevó la edad de consentimiento sexual de los 13 a los 16 años en 2015, ni la jurisprudencia del Tribunal Supremo para absolver a uno de ellos como si no hubiera existido delito alguno".

Asimismo, afirman que "se están desoyendo argumentaciones prohibidas en tratados firmados y ratificados por España como el Convenio de Estambul, que prohíben centrarse en las actuaciones anteriores y posteriores de la víctima, como en esta ocasión, con el único propósito de descreditarla".

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