Violencia machista

Condenado a 20 años de cárcel el asesino de Lorena Dacuña

El asesino de Lorena Dacuña, durante el juicio

El asesino de Lorena Dacuña, durante el juicio

La magistrada de la sección octava de la Audiencia Provincial de Asturias ha condenado a 20 años y un día de cárcel a José Manuel S.M., autor confeso del asesinato a cuchilladas de su ex pareja Lorena Dacuña en febrero de 2020.

De acuerdo con el veredicto del jurado, que tras cinco jornadas de juicio determinó que el acusado, de 52 años, era culpable de un delito de asesinato con las agravantes de parentesco y desprecio de género, la magistrada impone una pena de 20 años y un día de prisión y no de 25 como requerían las acusaciones particular y popular.

La magistrada señala que, aunque no hay atenuante de confesión, “el acusado ha colaborado con la Administración de Justicia”, reconociendo haber matado a Lorena Dacuña y todos los hechos que configuran la calificación del delito de asesinato y las agravantes de parentesco y de desprecio de género, hasta el punto de que su defensa se adhirió a las conclusiones y peticiones del Ministerio Fiscal.

La sentencia, contra la que cabe presentar recurso de apelación en el plazo de diez días, también impone una pena de libertad vigilada durante cinco años en los que el acusado no se podrá acercar al hermano de la víctima ni residir en Asturias y obliga a indemnizarle en concepto de responsabilidad con 60.000 euros.

El crimen

La sentencia señala que, según el veredicto del jurado, la madrugada del 2 de febrero de 2020, después de concluir su jornada laboral en una sidrería, José Manuel S.M. se fue a su casa a coger dinero y un cuchillo que introdujo en una mochila.

El acusado acudió a un bar de La Calzada, donde se encontraba la gijonesa Lorena Dacuña, de 41 años, con otro hombre, les siguió hasta el domicilio de ella y subió hasta la puerta de su casa, en el segundo piso, donde, mientras le gritaba “puta”, le atacó con el cuchillo que se rompió, por lo que fue a la cocina a por otro, momento en el que el acompañante se fue corriendo.

En ese momento, José Manuel S.M. salió de la cocina con otro cuchillo y se dirigió hacia Lorena Dacuña, que intentó zafarse de él metiéndose en una de las habitaciones de la vivienda, a la que accedió el acusado “con ánimo de matarla” y “comenzó a acuchillarla sin que pudiera evitarlo ni defenderse” hasta caer en la cama, donde el agresor “continuó apuñalándola hasta en trece ocasiones causándole la muerte”.

La herida mortal fue la realizada en el corazón, que provocó una hemorragia masiva y un bloqueo mecánico del latido cardíaco que ocasionó una muerte “sumamente rápida” cuando el fallecimiento de la víctima “era lo único querido y buscado” por el acusado en su actuar.

En sus conclusiones finales, la Fiscalía confirmó su escrito de acusación y solicitó 20 años y un día de cárcel para el acusado, cinco años de libertad vigilada y 60.000 euros de indemnización para el hermano de Lorena, lo que coincide con la decisión de la magistrada.

La Abogacía del Estado, por su parte, se adhirió a la petición del Ministerio Público, al igual que lo hizo la defensa del procesado.

La acusación particular mantuvo la petición de 25 años de prisión, por ser la máxima pena de cárcel que le permite la ley para ese delito, y reclamó diez años de libertad vigilada y 60.000 euros de indemnización, una petición a la que se sumó la acusación popular.

Declaró que fue de manera accidental

El procesado aseguró en la primera sesión de la vista oral que la muerte de su expareja se produjo de manera accidental cuando la mujer se abalanzó sobre él y le cogió la mano en la que llevaba un cuchillo, en un momento en el que estaba drogado y borracho, por lo que no recuerda más de lo ocurrido.

Frente a ello, los forenses apuntaron que Lorena recibió cerca de una veintena de puñaladas y que murió de una, asestada en el corazón, que no pudo ser casual o accidental.

El acusado, que ha asumido los hechos y ha pedido perdón, negó haber sido controlador, una versión contraria a la que aportaron en el juicio amigos y familiares. Tras la asunción del delito por parte del acusado, estaba en duda el ensañamiento al que aludían las acusaciones popular y particular, pero el jurado lo descartó al no encontrar pruebas de que el acusado quisiera infringir un "extraordinario y desmedido dolor a la víctima".

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios