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¿Cuándo se debe solicitar el suplicatorio?

Una vez conocida la citación, el PP se apresuró, tanto a nivel oficial como oficioso, a advertir que esta es consecuencia de la petición de la ex alcaldesa de declarar por los hechos que se le atribuyen -se investigará si pudo incurrir en los delitos de prevaricación y falsedad documental por su presunta participación en la tramitación de estas contrataciones-. "Si no lo hubiera hecho, el Supremo no podría llamarla a declarar hasta que solicitara el suplicatorio al Congreso", apuntó una fuente interna del PP.

Lo ocurrido con García-Pelayo no es excepcional puesto que otros aforados ya fueron llamados a declarar antes de que se solicitara la pertinente autorización a las Cortes. Fue el caso de la investigación que se abrió contra el ex ministro de Fomento José Blanco por un presunto trato de favor a empresas o, más recientemente, contra los ex presidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán por el caso de los Eres fraudulentos. En el primero de los casos, la causa se archivó tras esta declaración y en el segundo se solicitó el suplicatorio, aunque posteriormente ambos dirigentes dejaron sus actas en las cámaras legislativas.

Ahora bien, no hay una regla fija que determine el momento procesal donde el Alto Tribunal debe solicitar esta autorización. La Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que el suplicatorio debe realizarse cuando el juez "encuentre méritos para procesar" al diputado o senador. A partir de ahí, las interpretaciones varían. De hecho, así lo reconoce el propio Congreso de los Diputados en distintos informes realizados sobre esta prerrogativa. En uno de esos estudios apunta: "Hoy por hoy, la cuestión sigue abierta, toda vez que la doctrina del Tribunal Supremo tampoco ha adquirido el suficiente nivel de estabilidad como para darla por consagrada y el Tribunal Constitucional se ha limitado a señalar que el juez puede investigar libremente, pero deberá pedir el suplicatorio para realizar actos de cualquier clase que impliquen la sujeción del parlamentario a un proceso penal".

En el caso de Pelayo, ya está claro que el Supremo ha preferido citarla a declarar y luego adoptar una decisión sobre la petición de suplicatorio. Eso sí, no se escapa que el Alto Tribunal ha evitado que su declaración se hubiera producido durante la pasada campaña electoral.

Lo que está fuera de dudas es que lo hará en calidad de "investigada" (antes era imputada), una garantía procesal que le permite ir acompañada de su abogado.

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