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Provincia de Cádiz

6 años por traer de Brasil mujeres a prostituirse en Cádiz y El Puerto

  • La fiscal pidió 33 años de cárcel. El tribunal absuelve de prostitución a los 2 acusados. Los condena por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a seis años de prisión por un delito contra los derechos de los trabajadores extranjeros a los dos acusados de participar en una trama que captaba mujeres en Brasil y les facilitaba la entrada en España para que trabajasen como prostitutas en Cádiz y El Puerto. La fiscal pidió que también fuesen condenados por nueve delitos de prostitución, uno por cada mujer localizada en los prostíbulos, a 27 años de prisión. Pero el tribunal ha optado por la absolución.

La sentencia de la Sección Primera, de la que ha sido ponente la magistrada María Oliva Morillo, considera que en este caso no existe un delito de determinación coactiva a la prostitución porque no ha sido acreditado que dos testigos protegidas hubiesen sido engañadas, al ser convencidas de que viajasen a España, sobre qué trabajo realizarían. "Ellas sabían que iban a ejercer la prostitución y lo realizaron voluntariamente", aunque es cierto que lo primero que tenían que hacer era saldar los gastos generados por el viaje y, por tanto, su trabajo era controlado por el acusado y por la madre de la acusada, explica el tribunal.

Tras abonar rápidamente esa deuda, las mujeres se quedaban ejerciendo la prostitución en el mismo lugar, señala la sentencia. No consta, añade, que estuvieran retenidas ni incomunicadas: tenían teléfonos y acceso a internet y cuando la Policía se presentó en la vivienda de Cádiz y en el chalé de El Puerto donde se encontraban, abrieron la puerta libremente.

La resolución estima probado que la acusada, A.T.D.S., nacida en 1974, de nacionalidad brasileña, se dedicaba en 2008, junto con otras personas, a captar a través de internet a mujeres jóvenes de Brasil en estado de necesidad económica a las que ofrecía trabajar como prostitutas en Cádiz y El Puerto, en una vivienda y un chalé que regentaba. Les facilitaba la entrada en España como turistas. Para ello, les enviaba el billete de avión y dinero con el que burlar los controles de migración. Las mujeres saldaban con su trabajo en primer lugar los gastos del viaje. Luego, las ganancias se repartían al 50%.

Con la acusada colaboraba activamente el procesado J.C.P., nacido en 1988 en Jerez, quien recibía a las mujeres en el aeropuerto y las trasladaba a Cádiz o El Puerto, afirma la sentencia. También vigilaba el desarrollo de la actividad y recaudaba dinero, agrega.

La sentencia señala que esos hechos constituyen un delito contra los ciudadanos extranjeros y que el propósito de la inmigración clandestina promovida era la explotación sexual.

El tribunal ve probado que la acusada supo de las declaraciones de una testigo protegida que la implicaba y que la llamó varias veces por teléfono y le dijo que la buscaría por cualquier lugar de España para matarla y también a sus familiares residentes en Brasil. Por esos hechos, la sentencia condena a A.T. a un año y seis meses de prisión por un delito de obstrucción a la justicia y otro de amenazas.

La sentencia no es firme. Cabe recurso contra ella ante el Tribunal Supremo.

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