Movilidad

Las multas por aparcar sin pagar o pasarse de hora en la zona azul de Cádiz

Una de las zonas azules de la capital gaditana

Una de las zonas azules de la capital gaditana / Joaquín Pino

Uno de los grandes quebraderos de cabeza para los conductores es poder encontrar una plaza de aparcamiento al aire libre en Cádiz, especialmente en el centro de la ciudad. Desde hace unos años, en el casco antiguo, al igual que en otras zonas del municipio, el estacionamiento se encuentra regulado por las zonas azul (de rotación), naranja (residentes y rotación) y verde (residentes). Cada una tiene sus características y sus horarios, por lo que es necesario conocerlas para evitar una multa no deseada. 

Sin embargo, si no se cumple con las condiciones establecidas en la Ordenanza Reguladora del Estacionamiento Regulado del Ayuntamiento de Cádiz, nada evitará que te llegue una sanción a tu hogar. 

Así, en el artículo 9 de la citada normativa municipal se indican las siguientes infracciones:

  • Estacionar sin título habilitante de estacionamiento o sin tenerlo visible.
  • Rebasar el tiempo de estacionamiento autorizado, indicado en el tique.
  • Estacionar sucesivamente en la misma zona limitada una vez finalizado el tiempo máximo de estacionamiento.
  • El uso de título habilitante, tique o tarjeta, falsificados o manipulados.
  • Estacionar en zona reservada a personas con movilidad reducida sin la correspondiente acreditación.
  • Estacionar fuera del perímetro señalado en la calzada (señalización horizontal) como plaza de aparcamiento.

Posteriormente, en su artículo 12 se señala que las sanciones se realizarán en virtud de lo establecido en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y la Ordenanza Municipal de Circulación de la Ciudad de Cádiz.

El Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial señala en su artículo 75.b.bis que es una infracción leve "el impago de peaje, tasa o precio público, cuando estos fueran exigibles". 

Asimismo, en el artículo 80 de la citada normativa se indica que las infracciones leves serán sancionadas hasta con 100 euros. 

Con todo, el artículo 8 de la Ordenanza Reguladora del Estacionamiento Regulado explica el procedimiento para paralizar las denuncias por infracciones en los casos de sobrepasar el tiempo máximo de estacionamiento, sobrepasar el tiempo de estacionamiento autorizado indicado en el tique y estacionar sin tique de estacionamiento o sin tenerlo visible. 

Esta anulación se puede realizar hasta dos horas después de la imposición de la denuncia tanto en los parquímetros como en la aplicación de smartphone habilitada para el pago de las zonas de estacionamiento regulado. 

En la Ordenanza Fiscal sobre la Tasa por Estacionamiento de Vehículos de Tracción Mecánica en las Vías Públicas Municipales se establece en su artículo 5 que la anulación de las sanciones por sobrepasar el tiempo de estacionamiento tiene un coste de 5,40 euros, mientras que la de no tener el tique de estacionamiento asciende a 10,80 euros. 

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