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Jerez

El uso de petardos suma denuncias vecinales a pesar estar prohibido lanzarlos

  • Un vecino de Estella alerta de que se tiran petardos sin control y que la Policía no atendió a su llamada

El uso de material pirotécnico está prohibido, salvo autorización, según el bando municipal.

El uso de material pirotécnico está prohibido, salvo autorización, según el bando municipal. / Vanesa Lobo

A finales del pasado mes de noviembre el Ayuntamiento publicó un bando donde se establecen las normas que regulan la venta, suministro y uso de material pirotécnico. Pero a pesar de que dicho bando prohiba “la manipulación o disparo de cohetes, petardos y en general fuegos artificiales, salvo que se cuente con autorización municipal expresa”, el ruido de estos explosivos se escuchan prácticamente a diario.

Da igual si es en el centro que en la zona Norte, el uso de los petardos es continuado. Un vecino de Estella lamenta que el pasado domingo llamó tanto a la Policía Local como a la Guardia Civil para denunciar que un grupo de chicos ‘jugaban’ con petardos en la pedanía. “Tengo animales en casa y tiemblan. Pero también lo pasan mal las personas mayores, los niños, y personas con autismo. Llamé a la Policía Local sobre las ocho de la tarde haciéndole saber lo que estaba ocurriendo y sabiendo que había una normativa municipal. 25 minutos después tuve que volver a llamar porque no habían venido”, relata el vecino de la ELA.

“Me dijeron que en ese momento no había efectivos disponibles para atender mi denuncia, y que podía yo ir y llamarles la atención... Llamé entonces a la Guardia Civil, me dijeron que se pasarían, pero creo que no lo hicieron, porque el ruido continuó hasta pasadas las doce de la noche”, añade.

“A lo mejor no sirve de mucho mi denuncia, pero si todo el mundo alzara la voz se tendría más control, porque hablamos de que no se cumple un bando municipal”, reclama el afectado.

¿Qué dice el bando?

En el bando se establece la prohibición expresa de venta y suministro de material pirotécnico “en aquellos establecimientos que no cuenten con las preceptivas licencias gubernativa y municipal”. Asimismo, queda prohibida la venta de productos pirotécnicos “a aquellas personas que manifiesten de forma clara que pueden encontrarse bajo los efectos de bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes”.

También se recoge en el bando, en su artículo tercero que los artículos pirotécnicos no se comercializarán para personas por debajo de las edades mínimas establecidas en estas tres categorías: Categoría 12 años, en la que “se podrá vender a mayores de 12 años artificios de pirotecnia de muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante destinados a ser usados en zonas delimitadas, incluidos los artificios de pirotecnia destinados a ser utilizados dentro de edificios residenciales”.

En la categoría 16 años, “se podrá vender a mayores de 16 años artificios de pirotecnia de baja peligrosidad y bajo nivel de ruido destinados a ser utilizados al aire libre en zonas delimitadas; y en la tercera categoría, queda limitado a mayores de 18 años “el uso de artificios de pirotecnia de peligrosidad media destinados a ser utilizados al aire libre en zonas de gran superficie y cuyo nivel de ruido no sea perjudicial para la salud humana”.

En este sentido, se especifica que “la infracción de la misma comportará la incoación del oportuno expediente sancionador y la incautación del material pirotécnico, incluyendo aquellas partidas encontradas en establecimientos o puntos de ventas no autorizados”.

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