Motociclismo
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Jerez/En poco más de un mes, concretamente el 21 de marzo, entrará en vigor la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial. Su puesta en marcha supondrá un cambio en la normativa para adaptarla a las nuevas formas de movilidad. Por ello, la Dirección General de Tráfico (CGT) ha detallado este martes de cuáles serán las principales novedades bajo el lema de 'Nuevos tiempos, nuevas normal'. El objetivo, tal como destacan desde este organismo, no es otro que reducir la siniestralidad tanto en ciudad como en carretera.
Uno de los cambios que se pone ahora en marcha afecta a las carreteras convencionales. Con la entrada en vigor de la nueva ley, los conductores de turismos y motocicletas ya no podrán superar en 20km/h la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos.
También la pérdida de puntos será mayor con determinadas infracciones. Por ejemplo, no usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil y demás elementos de protección o no hacerlo de forma adecuada hará perder al responsable un total de 4 puntos, según alerta la DGT.
Igualmente, el conductor puede perder 6 puntos si conduce sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil y si arroja a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios (un colilla de un cigarro) o accidentes.
En caso de que el conductor de un vehículo quiera adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor deberá hacerlo ocupando completamente el carril contiguo en vías de 2 o más carriles por sentido. En vías de un solo carril, tendrá que mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros o perderá 6 puntos.
Además, los peatones tienen preferencia de paso sobre los vehículos en los pasos para peatones, en las aceras y en las zonas peatonales.
La DGT recuerda que "es obligatorio respetar las restricciones de circulación que responden a los protocolos activos ante episodios de contaminación y de Zonas de Baja Emisión (ZBE)".
Igualmente, está prohibido parar o estacionar tu vehículo en el carril bici o en vías ciclistas.
Llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está prohibido, "estén conectados o no. Son sistemas que interfieren en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico por lo que no se permite llevarlos". Por ello, hacerlo supone la pérdida de 3 puntos.
Con independencia de las infracciones que se hubieran cometido, a partir de ahora el plazo para recuperar el saldo inicial de puntos es de 2 años si no se cometen infracciones que conlleven la pérdida de puntos.
Por otro lado, recuerdan que ya no es necesario llevar físicamente el permiso de conducir. Gracias a la App miDGT, el conductor podrá acreditar que tiene autorización para conducir.
La DGT detalla también que si tienes una moto o un ciclomotor, "puedes utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados en tu casco de protección para fines de comunicación o navegación". Sin embargo, "no usar el casco o no hacerlo de forma adecuada te hará perder 4 puntos".
Una novedad importante es que en los conductores menores de edad que conduzcan la tasa de alcohol es 0,0, tanto en vehículos de movilidad personal como en bicicletas
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