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Andalucía

El 60% de los menores bajo protección hallan familia de acogida

  • El 38% de los niños que requieren medidas especiales están en una institución

El 60% de los 6.141 menores que requieren protección se benefician del acogimiento familiar, según resaltó ayer la consejera de Salud y Bienestar Social, María Jesús Montero, durante su comparecencia en la Comisión relativa a esta materia en la Cámara autonómica.

Montero, que detalló que se trata de la medida de protección "mayoritaria" en Andalucía, relató así que sólo el 38% de los menores están en centros de acogida, mientras que un 2% pasaron a adopción. A 31 de diciembre de 2011, más de 3.800 menores se benefician en Andalucía del acogimiento familiar, de los que 2.528 fueron acogidos en su propio entorno familiar, siendo esta medida de protección la principal "alternativa" a la "institucionalización en centros". Con ello "se pretenden evitar los riesgos que supone la separación del menor en su entorno habitual". El objetivo es que ningún niño menor de siete años con una medida de protección en marcha tenga que entrar en un centro.

Montero enfatizó que lo que primero se prima es que el acogimiento sea "con miembros de la propia familia del menor" y que, sólo cuando esto no es posible, por una familia ajena. Sea como fuere, defendió que los principios del acogimiento pasan por "favorecer la reunificación familiar". Montero sintetizó que los tipos de acogimiento familiar son cuatro: simple, permanente, de urgencia y profesionalizado. El acogimiento familiar simple tiene carácter transitorio y se aplica cuando se prevé una reinserción del menor con su familia biológica en un corto plazo de tiempo. Tiene un plazo máximo de dos años y está dirigida a menores de cualquier edad. El permanente es para aquellos casos en los que no hay previsión de reinserción en la familia biológica. Está dirigido, en general, a menores con más de siete años y, en este caso, puede llegar hasta la mayoría de edad. El acogimiento familiar de urgencia está dirigido a menores con menos de siete años sobre los que hay que intervenir de forma inmediata. Tiene una duración máxima de seis meses, con opción de una prórroga de tres meses más. El profesionalizado es remunerado y se utiliza como opción para menores de cualquier edad con necesidades especiales.

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