La esquina
José Aguilar
Por qué Sánchez demora su caída
LAS asociaciones de vecinos Plaza del Caballo, Chapín, La Marquesa, Jerez Norte, Palos Blancos y la Mancomunidad El Bosque informan:
Se han recibido las nueve primeras Resoluciones del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía sobre Reclamaciones contra los valores catastrales tramitadas por estas asociaciones. El fallo literal y completo en todas ellas es el siguiente: "El Tribunal acuerda en única instancia estimar la presente reclamación, anulando el acto impugnado".
Todas estas Resoluciones corresponden a Procedimientos tramitados por el método abreviado, no habiéndose recibido todavía ninguna Resolución para las Reclamaciones tramitadas por el Procedimiento Ordinario. Las circunstancias concretas de estas Reclamaciones no son exactamente las mismas que las que concurren en las tramitadas por el Procedimiento Ordinario. No obstante, es importante destacar, como se manifiesta implícitamente en los Fundamentos de Derecho de las Resoluciones, que al haber sido estimadas estas Reclamaciones no por circunstancias de los valores catastrales individuales en sí, sino por circunstancias de la propia Ponencia de Valores, este hecho disipa las dudas planteadas por algunos juristas locales que, en contra de nuestra opinión, mantenían que "el plazo de impugnación de la Ponencia de Valores se había agotado al mes de su publicación, es decir, antes de recbiirse las notificaciones de los valores catastrales y, por tanto, en las impugnaciones de las notificaciones individuales el Tribunal no se podría pronunciar sobre la propia Ponencia de Valores".
Las irregularidades cometidas por la Subgerencia del Catastro en la tramitación de los expedientes que se han puesto de manifeisto por estas Resoluciones, unidas a los miles de valores catastrales que han sido corregidos directamente por la misma Subgerencia del Catastro como consecuencia de la interposición de Recursos de Reposición, e incluso el hecho de tener que modificar el director general del Catastro los plazos fijados por Ley para poder recurrir, exclusivamente para el caso concreto de esta Ponencia de Valores de Jerez y no para ninguna otra de España, evidencian la falta de rigor profesional con la que ha sido ejecutada esta Revisión Catastral y que incluso la Dirección General del Catastro es consciente de estas irregularidades.
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