Programación Guía completa del Gran Premio de Motociclismo en Jerez

Jerez

Deniegan a Pilar Sánchez salir de prisión para trabajar y volver a dormir

  • La Audiencia da la razón al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 2 de Andalucía

  • La ex alcaldesa solicitará en breve este beneficio penitenciario dentro del segundo grado

Pilar Sánchez, accediendo a la Sección Octava de la Audiencia Provincial, órgano judicial que la condenó a prisión.

Pilar Sánchez, accediendo a la Sección Octava de la Audiencia Provincial, órgano judicial que la condenó a prisión. / pascual

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz ha denegado a la ex alcaldesa de Jerez Pilar Sánchez una ampliación de los beneficios del segundo grado penitenciario, según ha podido saber este medio. Fue el pasado mes de noviembre cuando la socialista Pilar Sánchez solicitó al Juzgado de Vigilancia Penitencia número 2 de Andalucía poder salir a diario de la prisión de mujeres de Alcalá de Guadaira para ir a trabajar a la empresa que regenta un familiar. El plan previsto era salir por la mañana y por la tarde para regresar al centro penitenciario a pernoctar. Según la solicitud presentada por su defensa sería así de lunes a sábado, quedando nuevamente el domingo bajo la circunscripción de Instituciones Penitenciarias.

La solicitud fue denegada en primera instancia por el referido Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, motivo por el que la ex alcaldesa y su defensa elevaron un recurso a la instancia que le condenó, y que en este caso es precisamente la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en la avenida Alcalde Álvaro Domecq de Jerez. Como se recordará, Pilar Sánchez fue condenada a más de cuatro años de prisión (concretamente a cuatro años y seis meses) por el denominado 'caso PTA' que versó, a grandes rasgos, en el falseo de datos para incluir con todos los beneficios una clínica en un espacio destinado a empresas agroalimentarias.

Cuando solicitó el beneficio apenas había pasado en prisión diez mesesEstá condenada a cuatro años y medio de encarcelamiento por el 'caso PTA'

El recurso llegó al alto tribunal jerezano el pasado mes de marzo, dándosele curso tras ser aceptado. Fue el pasado 13 de julio cuando la Sección Octava dio la razón al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y consideró adecuada a derecho la denegación de dicha ampliación del segundo grado.

El sistema penitenciario español contempla tres regímenes para la población reclusa. De un lado está el primero, en el cual se ubican los reclusos peligrosos, los reincidentes y aquellos que suponen un serio problema para la seguridad de la sociedad.

De otro lado está el segundo grado, donde suelen ser ingresados los denominados como reclusos primarios (aquellos que delinquen por primera vez), los que tienen una edad avanzada o tienen un comportamiento que asegura la 'paz social' dentro del módulo en el que estén ingresado. En pocas palabras, se trata de personas poco peligrosas.

El último y más ansiado de los grados es el tercero, en el cual el recluso puede disfrutar de un régimen de semilibertad en el cual se le abren las puertas del centro penitenciario para que pueda salir a trabajar y retornar a la prisión para pernoctar. Es el mismo régimen en el que se hallan las personas a las que se saca de la cárcel y se les envía a los Centros de Inserción Social (más conocidos como CIS) de donde salen a primera hora de la mañana para trabajar y retornan tan sólo para dormir. Para ello es absolutamente necesario disponer de un contrato de trabajo, que se erige en una condición 'sin equanon' para disfrutar del referido régimen.

Uno de los hechos destacados en la resolución de la Sección Octava hace referencia a que en el momento en que esta ex alcaldesa de Jerez solicitó dicha 'ampliación' del segundo grado apenas llevaba unos diez meses privada de libertad. Para solicitar dicho beneficio se da por sentado en ambientes jurídicos consultados por este medio que hay que tener cumplida, al menos, la cuarta parte de la condena, algo que en este caso en concreto no se cumplía.

Pese a todo hay un dato de especial importancia como es que desde que la defensa de Pilar Sánchez dio los primeros pasos para conseguir esta ampliación del régimen penitenciario (noviembre 2016) la situación penitenciaria ha cambiado radicalmente. De un lado la ex regidora cumplirá el próximo mes de enero dos años de privación de libertad, lo que le supondría prácticamente el cumplimiento neto de la mitad de la condena. Es decir, desde la solicitud a la actualidad han pasado ya ocho meses, con lo que el 25% de la condena ya ha sido cumplido. Por lo tanto, no es ni mucho menos descabellado pensar que la próxima vez que Pilar Sánchez solicite esta ampliación de grado pueda verse beneficiada. Quizás, incluso, con la concesión de un tercer grado que le permitiera hacer una vida normal con la única obligación de pernoctar en un CIS.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios