Competencia

La CNMC apoya el transporte de mercancías en los vehículos VTC

Un vehículo de alquiler con conductor (VTC) operado por Cabify.

Un vehículo de alquiler con conductor (VTC) operado por Cabify. / M. G.

La pandemia nos ha traído noticias muy negativas. Enfermedad, muerte, destrucción de empleo y polémicas. Muchas polémicas. De casi cualquier naturaleza y en cualquier sector. Una de ellas ha sido la que ha acompañado al sector del VTC, cuando en los meses de confinamiento más estricto por la pandemia, en abril de 2020, empresas con autorizaciones VTC anunciaron el lanzamiento de un servicio de envío de pequeñas mercancías en el maletero para intentar paliar en alguna medida las pérdidas económicas que estaban sufriendo ante el descenso de usuarios y las restricciones de movilidad.

Algunas comunidades, como la de Madrid, consideraban que esa actividad era incompatible con la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y el Reglamento que desarrolla dicha ley, por lo que en menos de una semana tuvieron que dar marcha atrás en sus propósitos y dejar de prestar ese servicio para atender a un requerimiento ante el que se les argumentaba que no contaban con los requisitos establecidos para la intermediación en el transporte de mercancías por carretera.

Ahora, casi un año más tarde, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) apoya el transporte de mercancías en los vehículos VTC y considera que la prohibición es “innecesaria y desproporcionada”. Así, la CNMC da luz verde a que las empresas de VTC, como Cabify o Uber, puedan realizar envíos de paquetes en los maleteros de sus vehículos.

La CNMC da luz verde a que Cabify o Uber puedan realizar envíos de paquetes en los maleteros de sus vehículos

La controversia, en este caso, parte de la distinta interpretación de la normativa sectorial de transporte respecto a la posibilidad de efectuar la actividad de transporte de pequeñas mercancías en vehículos de turismo autorizados para prestar la actividad de VTC.

Argumentos de la CNMC

Mientras que la autoridad competente considera que estos vehículos no son aptos para ese fin, la empresa interesada sostiene que los vehículos son adecuados a tal fin puesto que disponen de maletero, una tesis que avala la CNMC. ¿Por qué? Por un lado, la normativa sectorial de transporte excluye la autorización para el transporte de pequeñas mercancías en vehículos de MMA no superior a 2 toneladas.

Por otra parte, la interpretación de que los vehículos adscritos a la actividad de VTC deban emplearse exclusivamente para el transporte de viajeros, sin que puedan efectuar el transporte de pequeñas mercancías, iría contra la Ley de Garantías de Unidad de Mercado.

Además, el uso del compartimento específico de carga de los vehículos de turismo permitiría realizar la actividad con seguridad, de modo que tales vehículos serían adecuados a los fines del transporte.

La interpretación de que las VTC deban emplearse exclusivamente para viajeros, sin que puedan efectuar transporte de pequeñas mercancías no comulga con la defensa del libre acceso y ejercicio de actividades económicas. 

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