El Gobierno limita el mandato del presidente de la CNMV a seis años
Madrid/El Consejo de Ministros ha modificado el periodo de los mandatos del presidente, el vicepresidente y los consejeros de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que será de hasta solo seis años, sin la posibilidad de renovación.
Actualmente, el periodo de estos mandatos era de cuatro años con la posibilidad de renovar por cuatro años más.
Con esta modificación, la CNMV se equipara a otros organismos españoles como el Banco de España y a otros reguladores europeos.
La norma aprobada se incluye en la reforma de la Ley de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión que ha recibido este lunes el visto bueno en el Consejo de Ministros y que, entre otros asuntos, aplica el régimen de opas al mercado BME Growth, la Bolsa de las pymes, en la que cotizan más de cien compañías.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, ha destacado que, con la reforma aprobada, se prevé modernizar el mercado de valores para situarlo entre los "más atractivos" del entorno, así como potenciar la financiación de las empresas y aumentar la protección de los inversores, sobre todo, en el ámbito de los criptoactivos.
Calviño ha añadido que la citada ley adaptará la normativa vigente de 2015 a las nuevas realidades tecnológicas y económicas del mercado, fundiendo en un solo texto directivas europeas y reglamentos para proporcionar seguridad jurídica a empresas e inversores.
Entre las medidas para mejorar la capacidad de los mercados de valores para financiar a las empresas españolas, destaca la simplificación de algunos procedimientos y la eliminación de cargas administrativas redundantes para facilitar la atracción de inversiones.
Para ello se simplifica el proceso de emisión de valores de renta fija, se reducen las tasas de la CNMV que tienen que abonar los emisores de renta fija y se propone la eliminación de determinadas obligaciones de información redundantes en el proceso de compensación y liquidación de valores.
Asimismo, la norma establece mejoras en el ámbito del mercado BME Growth, al aplicarse al segmento de pymes en expansión el régimen de opas, una medida que, según el Ejecutivo, permitirá a los accionistas recibir proporcionalmente la prima de control en caso de una oferta, lo que mejorará la financiación no bancaria de estas empresas.
Además, se incorporan a la normativa española los cambios aprobados en la Directiva Mifid II, con el objetivo de que los servicios de inversión favorezcan la recapitalización de las empresas europeas y faciliten las inversiones a la economía real.
Proteger mejor a los inversores
En este ámbito, la norma establece las previsiones necesarias para aplicar en España la futura normativa europea (conocida como MiCa) sobre criptoactivos de forma inmediata a su aprobación.
Para ello, se dota a la CNMV de las competencias necesarias para garantizar la protección de los inversores y la estabilidad financiera en este ámbito, y se incluye en el ámbito de la aplicación de la norma cualquier instrumento financiero que sea un criptoactivo, es decir, que esté representado mediante tecnología de registro distribuido.
Además, se incorporan las infracciones y sanciones que permitirán a la CNMV actuar ante los incumplimientos cuando entre en vigor la normativa europea.
También se incluyen las previsiones para la aplicación del Reglamento del régimen piloto para la utilización de tecnología de registros distribuidos (blockchain) en las infraestructuras de mercados de valores, que permitirá utilizar esta tecnología para operaciones con acciones y bonos tokenizados durante cinco años y sin superar un determinado volumen de actividad.
En segundo lugar, la norma incorpora una reforma de la Ley de Sociedades de Capital para garantizar la protección de los inversores en sociedades cotizadas con propósito para la adquisición (las conocidas como SPAC), garantizando las condiciones en las que se lleva a cabo el reembolso del capital invertido por los accionistas.
Por último, se incluye un régimen prudencial propio de supervisión para las empresas de servicios de inversión (ESI).
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