Hacienda suprimirá las deducciones a los trabajadores mayores de 65 años de edad

La medida forma parte de la reforma fiscal que entrará en vigor a partir del próximo ejercicio

Cristóbal Montoro, ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.
Cristóbal Montoro, ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.
Redacción Madrid

09 de agosto 2014 - 05:02

Los trabajadores mayores de 65 años que decidan prolongar su vida laboral dejarán de tener reducciones fiscales complementarias en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a partir del 1 de enero de 2015, cuando entre en vigor la reforma de este gravamen que el Consejo de Ministros aprobó el pasado 1 de agosto. El texto legal remitido por el Gobierno a las Cortes por el que se modifican la ley del IRPF, la ley del Impuesto sobre la Renta de los no residentes y otras normas tributarias, que recoge Europa Press, sustituye en su artículo 19 algunas de las actuales reducciones por gastos deducibles de los rendimientos del trabajo.

En concreto, las reducciones complementarias que se aplican hasta ahora por movilidad geográfica de personas desempleadas que acepten un puesto de trabajo que exija su traslado de residencia serán sustituidas por 2.000 euros anuales adicionales a las deducciones generales en dos ejercicios, mientras que los trabajadores activos con discapacidad incrementarán la cuantía deducible en 3.500 euros anuales, o hasta 7.750 euros si acreditan necesitar ayuda de terceras personas, movilidad reducida o un grado de discapacidad igual o superior al 65%. Sin embargo, la reducción actual por prolongación de la actividad laboral de los mayores de 65 años, de la que en 2012 se beneficiaron 52.930 contribuyentes por valor de 143 millones de euros (es decir, 2.700 euros de media por trabajador), se suprime "sin que se remplace por cantidad alguna en concepto de gastos deducibles", tal y como consta en la memoria del proyecto de ley.

Asimismo, el proyecto de ley recorta del 40% al 30% la reducción sobre los rendimientos del trabajo generados en más de dos años si se imputan en un único periodo impositivo, con un límite máximo que seguirá en los 300.000 euros. No obstante, no se aplicará esta reducción si en los cinco periodos impositivos anteriores el contribuyente hubiera tenido otros rendimientos de este tipo a los que ya hubiera aplicado la reducción.

Por su parte, el proyecto de ley del Impuesto sobre Sociedades, que también entrará en vigor a principios del próximo ejercicio, mantiene varias de las deducciones que las empresas se pueden aplicar por creación de empleo y por contratación de trabajadores con discapacidad.

Sin embargo, suprime otras deducciones, entre las que se cuentan las de adaptación de vehículos para discapacitados o guarderías para los hijos de sus trabajadores, así como las de los gastos de formación profesional.

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