La Audiencia Nacional excarcela a dos etarras

Óscar Abad e Itziar Martínez saldrán en libertad tras la revisión de sus casos. Al primero se le aplicó el Código Penal de 1973, en lugar del de 1995, y al segundo la 'doctrina Parot' de forma incorrecta.

Efe

11 de octubre 2012 - 15:25

Madrid/La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado este jueves la excarcelación de dos presos etarras, uno de ellos tras revisarle la aplicación de la doctrina Parot, mientras que ha rechazado otros quince de los 34 recursos presentados por reclusos, 33 de ellos terroristas, en contra de la misma. Así lo han informado fuentes jurídicas después de la reunión de los 18 magistrados que componen el pleno de la Sala de lo Penal, que retomarán el próximo 14 de noviembre para analizar individualmente cada uno de los casos restantes, que incluyen, además del de los etarras, el de una narcotraficante.

Los terroristas a los que la Audiencia Nacional ha dejado en libertad son Óscar Abad e Itziar Martínez Sustatxa, que cumplen condena en la cárcel de Teruel. Para Abad, que ya ha cumplido 20 años de pena, ha acordado su libertad tras realizar una revisión de su condena, ya que, según han informado las mismas fuentes, se le aplicó el Código Penal de 1973 cuando le hubiera resultado más favorable el de 1995. En el caso de Martínez, los magistrados han considerado que, aunque el pasado mes de marzo el Tribunal Constitucional le denegó el amparo por un defecto de forma, ya que no había agotado la vía ordinaria, su caso es idéntico al de un compañero de comando al que sí se le amparó. Por el contrario, el pleno ha rechazado los recursos de otros 15 presos, a los que también el Constitucional había denegado el amparo tras resolver sobre el fondo de la aplicación de la doctrina Parot.

De los siete restantes, algunos están pendientes de que resuelva el Constitucional y otros de que lo haga en casación el Tribunal Supremo. La de este jueves ha sido la tercera reunión del pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional para deliberar sobre la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que exigió la excarcelación de la etarra Inés del Río al considerar que se le había aplicado la doctrina Parot de manera "irregular". Al igual que sucedió en la celebrada el pasado 18 de septiembre, los magistrados no pudieron alcanzar ningún tipo de decisión respecto a si la sentencia europea afecta a los otros 33 presos etarras y una narcotraficante, y aplazaron a este jueves una nueva reunión.

La sentencia del TEDH fue recurrida ante la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo por el Gobierno a través de la Abogacía del Estado. El recurso entendía que la sección tercera del TEDH se había apartado de la doctrina del propio tribunal europeo, que hasta ahora había defendido que los beneficios penitenciarios no forman parte de las condenas y, por lo tanto, no están protegidos por el principio de "irretroactividad". Asimismo, apela a la "excepcional repercusión social" que para España tiene el criterio del TEDH contrario a la doctrina Parot, según explicó el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, cuando anunció la semana pasada la interposición del recurso.

En su sentencia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos instaba al Estado, además de a su excarcelación, a indemnizar a Del Río con 30.000 euros por los daños morales causados y 1.500 por gastos y costas. La etarra fue condenada a más de 3.000 años de cárcel, de los cuales 2.232 correspondieron a la ayuda que prestó al comando Madrid, liderado por Ignacio de Juana Chaos, para perpetrar el atentado contra un convoy de la Guardia Civil en la plaza madrileña de la República Dominicana, en el que hubo 14 muertos y 40 heridos.

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