Pilar Cernuda
La DANA, un epílogo para semanas inquietantes
Barcelona/El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a la consellera de Acción Exterior, Meritxell Serret, a un año de inhabilitación y a una multa de 12.000 euros por un delito de desobediencia grave, al facilitar el 1-O cuando en 2017 formaba parte del Govern de Carles Puigdemont.
La sentencia, que no es firme, condena a la consellera a la misma pena que la Fiscalía solicitaba para ella, un año de inhabilitación para ejercer cargos electos estatales, autonómicos, locales o supranacionales así como funciones de gobierno de esos ámbitos.
Para la sala, como miembro del Govern de Puigdemont, Serret era "perfectamente conocedora" de los cinco requerimientos del Tribunal Constitucional que impedían seguir adelante con el 1-O, dado que le fueron notificadas personalmente, pero los ignoró de forma "consciente y deliberada", sin llevar a cabo ninguna actuación para detener el referéndum.
Serret ha anunciado, por su lado, que presentará recurso: "Me defenderé hasta dónde sea necesario".
En un vídeo y comunicado colgado en cuenta de Twitter, ha constatado que la sentencia no es firme, por lo que su voluntad es la de seguir "confrontando al Estado y el sistema judicial, también denunciando la persecución contra el independentismo".
El presidente de la Generalitat, Pere Aragonés, ha mostrado su apoyo a la consejera y ha afirmado que mantendrá sus funciones institucionales porque "la sentencia no es firme".
La sentencia recuerda que la propia Serret hizo un "reconocimiento directo" del delito que se le imputa en el juicio, cuando se negó a responder a las preguntas de las acusaciones y se limitó a pronunciar un alegato en el que reconoció que no hizo nada para impedir el referéndum por sus "convicciones personales del derecho de autodeterminación del pueblo catalán".
Según el TSJC, su propia defensa "fue clara al respecto cuando admitió que no venía a negar las acusaciones formuladas contra la acusada y a enmascarar las mismas" y reconoció que Serret había sido apercibida por el Constitucional de su deber de paralizar el 1-O.
La sentencia añade que los miembros del Govern "omitieron de forma contumaz lo que se les había ordenado" y que los decretos para la organización del 1-O que suscribieron todos sus miembros, "más allá de la estratégica degradación del valor de la firma de todos los consejeros, era bien expresiva de una inequívoca voluntad de rechazo al mandato constitucional".
"La culpabilidad de la acusada está fuera de toda duda, no solo por la aceptación expresa de los hechos imputados sino por haber desatendido de forma clara, reiterativa y flagrante, los requerimientos del Tribunal Constitucional", resalta el tribunal.
Los jueces insisten en que la "ilicitud de organizar un referéndum de autodeterminación de forma unilateral y con carácter vinculante al margen del Estado es de conocimiento general", sin que quepa la excusa de un "conflicto de bienes", teniendo en cuenta que "el pretendido derecho a decidir" no existe en el ordenamiento jurídico.
Además, para el tribunal, "resulta impensable" que la acusada, con su "elevada formación" -licenciada en Ciencias Políticas y con un postgrado en Dirección de Empresas-, "capacitación" -como consejera y diputada del Parlament- y "experiencia profesional" no supiera que se estaba vulnerando de forma "flagrante y palmaria" la legalidad.
Y eso, añade, "por muy condicionada que se encontrase a causa de su relación con el llamado procés de Cataluña y que se comprometiera como miembro del Govern a seguir un pretendido mandato popular".
La consellera, que estuvo tres años huida en Bruselas tras la DUI, volvió a España en marzo de 2021 para ponerse a disposición del Tribunal Supremo, al ver despejado su horizonte procesal después de que los ex consellers Carles Mundó, Meritxell Borràs y Santi Vila, quienes tuvieron un papel similar que ella en el 1-O, fueran condenados solo por desobediencia -sin penas de cárcel- y no por malversación.
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