Jerez

Competencia multa a Teletaxi con 55.692 euros por repartir el mercado

  • La directiva confía en que se rebaje y dice que para pagar habría que pedir un crédito o una derrama

"Apenas hay precedentes de que las multas interpuestas por Competencia concluyan el periodo de alegaciones manteniendo el importe inicial. Casi siempre son anuladas o su cuantía es rebajada sensiblemente". De esta forma se expresaba ayer el secretario de la Asociación Jerezana del Teletaxi tras tener conocimiento de que la Junta de Andalucía había multado al colectivo con una sanción de nada menos que 55.692 euros.

En caso de que dicho importe fuera confirmado, "la única opción que nos quedaría sería solicitar un crédito bancario para hacer frente a la multa o solicitar una derrama extraordinaria a todos y cada uno de los socios". En la actualidad los taxistas asociados al Teletaxi en Jerez son 176, por lo que de mantener el importe de la multa cada uno de ellos debería pagar una derrama de 316 euros.

Los taxistas tienen absolutamente claro que van a recurrir la referida medida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dada su no conformidad con la resolución de la Competencia andaluza.

La Junta de Andalucía dio a conocer ayer que el Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía sancionó con 55.692,66 euros a la Asociación Unión Jerezana Teletaxi por tres infracciones que a su juicio "han provocado reparto del mercado y la limitación de la prestación de servicios por parte de sus asociados".

Competencia considera demostrado que desde esa entidad se tomaron medidas para controlar la oferta de servicios del taxi mediante las restricciones a la contratación de asalariados y el establecimiento de turnos de descanso obligatorios, en los que se prohíbe realizar servicios concertados.

También señala la resolución que "se ha producido la aprobación y aplicación de un acuerdo por el que se prohíbe 'repartir' servicios de taxi entre los socios y otras medidas adoptadas para impedir la realización de actuaciones competitivas entre los mismos; así como la limitación de la capacidad de los operadores (taxistas autónomos) para la contratación de la publicidad de forma independiente a la Asociación".

Para Competencia, esta organización, que aglutina a la práctica totalidad de los taxistas de la zona, siendo la única asociación profesional de este tipo existente en el término municipal de Jerez, "habría llegado a acuerdos en los que se incluyen cláusulas de reparto de mercado, o que limitan y controlan los servicios que podrían ser prestados por sus miembros, profesionales autónomos, con total libertad".

Según la resolución dictada por el Consejo, la aprobación de días de descansos obligatorios en los que no se pueden realizar servicios concertados y el establecimiento de trabas a la contratación de asalariados para dificultar en la medida de lo posible la explotación de las licencias de taxi a doble turno, o al menos impedir que los asalariados tengan acceso a la emisora, "ha tenido como principales consecuencias, por un lado, la reducción de la oferta de taxis disponibles en Jerez. Por otro lado, en la medida que tenía por objeto prohibir cualquier actuación competitiva entre los miembros de la Asociación, ha podido afectar negativamente, si no a los precios, dado que estos están tasados para los desplazamientos urbanos, "al menos a la posible diferenciación del servicio prestado a los usuarios del taxi y al proceso de adjudicación de futuras licencias".

Sobre esta base, el Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía declara acreditadas tres infracciones de la Ley de Defensa de la Competencia y le impone por cada una de las infracciones una sanción, que ascienden a un total de 55.692,66 euros. Asimismo, le insta para que modifique toda aquella normativa interna que pueda ser contraria a las normas de competencia, que en caso de incumplimiento volverá a representar una multa coercitiva de 600 euros por cada día de retraso.

Por último, desde el Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía se le obliga a remitir a todos los asociados el contenido íntegro de la resolución, que pone fin a la vía administrativa, aunque es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia. Se recurrirá.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios