La juez de los ERE devuelve al dueño de Uniter la administración de la sociedad
González Mata recupera la capacidad de gestión de la aseguradora con sede en la calle Larga y cuyos bienes siguen bajo embargo.
La juez que instruye el caso de los ERE ha devuelto la administración de Uniter, una de las principales aseguradoras de los expedientes de regulación de empleo, a su socio mayoritario, José González Mata. El propietario de la aseguradora con sede central en la calle Larga pasó por decisión de la anterior instructora del caso, la juez Mercedes Alaya, dos meses en prisión, hasta que el 19 de agosto de 2013 quedó libre tras depositar fianza de 450.000 euros.
El propietario de la aseguradora confirmó ayer a este medio la notificación del auto por el que la nueva titular del juzgado de instrucción número 6 de Sevilla acuerda el cese de la administración judicial de Uniter y Cureña, a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros desde el 18 de junio de 2013 para "salvaguardar el buen fin de la ejecución de los bienes embargados".
Para ello se tuvo en cuenta que la cifra por la que debían responder González Mata y su sociedad Cureña, también imputada, ascendía a 98.888.018,80 y 200.000 euros, respectivamente, recuerda el auto judicial.
La retirada de la administración de la aseguradora se produjo después de un registro de las oficinas centrales de la aseguradora y de una sucursal en Sevilla por parte de agentes de la UCO (Unidad Central Operativa) de la Guardia Civil.
El pasado 30 de septiembre, el Consorcio pidió el cese de la administración judicial de Uniter, cuyos administradores judiciales solicitaron en 2014 que fuese declarada en concurso de acreedores al haber desaparecido "su principal y casi único negocio", en alusión a los expedientes de regulación de empleo financiados por la Junta de Andalucía.
Tras dos años de administración judicial, la juez Mercedes Núñez considera que "a fecha actual, todos los bienes de Uniter y Cureña se encuentran embargados".
Uniter carece de activos y se encuentra en situación de concurso voluntario de acreedores, indica la instructora antes de añadir en su auto que "no puede apreciarse, a día de hoy, riesgos que puedan poner en peligro o menoscaben los bienes sobre los que este juzgado ha adoptado las medidas cautelares".
La juez coincide con el Consorcio de Compensación en afirmar que "ya ha decaído la necesidad y conveniencia que originó la designación de una entidad pública para la administración de bienes privados, sin que concurran elementos de interés público para ello".
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