La Junta confirma que la manzanilla descalificada de 'Bag in Box' es ilegal

Comunica a las bodegas que la comercializan el inicio de los expedientes sancionadores por faltas graves en el etiquetado. La norma prevé multas que oscilan entre 3.000 y 50.000 euros.

La Junta confirma que la manzanilla descalificada de 'Bag in Box' es ilegal
La Junta confirma que la manzanilla descalificada de 'Bag in Box' es ilegal
Á. Espejo

Jerez, 26 de octubre 2015 - 01:00

Las bodegas sanluqueñas que comercializan manzanilla descalificada en 'Bag in Box' serán sancionadas por la Junta. La Administración autonómica ha constatado que la comercialización de este producto sin el amparo de la denominación de origen es ilegal, extremo que denunciaron la patronal bodeguera Fedejerez y el Consejo Regulador, en cuyo último pleno volvió a rechazarse la propuesta de los manzanilleros para autorizar el envase consistente en una bolsa envasada al vacío en el interior de una caja y que incorpora un grifo para dispensar el vino.

Tras la apertura de los expedientes y la toma de muestras en las bodegas denunciadas, los servicios técnicos y jurídicos de la Consejería de Agricultura concluyen que, en virtud del producto que contienen estos envases, hay una infracción clara de la normativa andaluza en lo que atañe al etiquetado.

Fuentes de la Administración autonómica confirmaron a este medio que dicho etiquetado no respeta lo que indica la normativa, infracción que está considerada una falta grave, por lo que ya ha procedido a comunicar a los que han incurrido en esta ilegalidad la incoación de los expedientes sancionadores, para los que se establece un plazo máximo de resolución de diez meses desde su inicio, con un periodo previo de alegaciones de 15 días.

Se han detectado dos tipos de anomalías: Las que afectan al reglamento de la Denominación de Origen del jerez y la manzanilla por el uso de términos (fina, en rama...) o imágenes (de la vendimia, de andanas de botas dispuestas por el sistema de soleras y criaderas...) alusivas a la misma; y las que infringen la Ley 2/2011, de 25 de marzo, de la Calidad Agroalimentaria y Pesquera de Andalucía.

En este segundo caso, la norma dicta que los vinos de crianza biológica con una graduación alcohólica de 15 grados, como el fino y la manzanilla, sólo pueden comercializarse bajo el paraguas de las denominaciones de origen autorizadas para ello, en concreto la del vino de Jerez, Montilla y Condado de Huelva.

Al optar por descalificar el producto para su venta en 'Bag in Box', los manzanilleros pierden el amparo de la Denominación de Origen y, por tanto, no pueden comercializarlo como vino, ya que o bien tendrían hacerlo sin el añadido de alcohol (encabezado) característicos de los vinos de jerez y la manzanilla -en tal caso sería un vino no generoso de 12 grados-, o bien tendrían que aumentar la graduación hasta 17 grados (con lo que pasaría a ser un vino de licor). En otras palabras, siempre según fuentes de la Consejería, al tratarse de vinos descalificados no pueden comercializarse directamente con esa graduación.

Cabe recordar que, tras el último pleno del vino, Fedejerez expresó su malestar por la tardanza de la Junta de Andalucía en la tramitación de las denuncias presentadas contra los manzanilleros del 'Bag in Box', por lo que pidió diligencia a la Consejería de Agricultura en la resolución de los expedientes. A más tardar, la respuesta se conocerá en agosto del próximo año.

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