El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula el auto de extinción de las relaciones laborales de los trabajadores de La Ibense de Jerez

Interior de las instalaciones de La Ibense em Jerez, en una imagen retrospectiva.
Interior de las instalaciones de La Ibense em Jerez, en una imagen retrospectiva. / Vanesa Lobo
Redacción

17 de octubre 2023 - 12:50

Jerez/UGT ha enviado un comunicado informando de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el auto de extinción de las relaciones laborales de los trabajadores de La Ibense 1982, con sede en Jerez.

Tal como detalla el sindicato, "UGT FICA Cádiz no firmó el expediente de regulación extintivo (ERE) que presentó en su día la Ibense 1982, entendiendo que existía un grupo inversor que se tenía que hacer cargo de la liquidación de la compañía".

En concreto, tras el recurso presentado por la Fundación Socio Laboral de Andalucía (UGT) ante el TSJM, éste ha pronunciado: "La sentencia al estimar el recurso de UGT obliga al juzgado de lo mercantil a dictar nuevo auto de extinción de los contratos de los trabajadores. Además, el TSJM deberá permitir a UGT practicar prueba sobre la existencia de grupo patológico de empresas, extremo que llevamos poniendo de manifiesto desde que se inició el periodo de consultas. Por tanto, el juzgado de lo mercantil deberá dictar nuevo auto que extinga las relaciones laborales a dicha fecha, pronunciándose en el mismo sobre la existencia o no de grupo de empresa".

UGT asegura que "esto nos abre la puerta que siempre la administración concursal nos negó durante el periodo de consulta, por los que los trabajadores pueden recibir sus indemnizaciones a través del grupo inversor que adquirió en su día la heladera Ibense".

"Nos queda aún un recorrido importante en este conflicto, pero tal como argumentamos en su día, llegaremos desde UGT FICA hasta el final en este conflicto", añaden.

En el fallo del auto se recoge textualmente lo siguiente: "Que, estimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación del Sindicato UGT contra el auto dictado por el Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid en fecha 7-2-2023, en el procedimiento Pieza Incidente Concursal expediente laboral 780/2022, seguido en virtud de demanda formulada contra LA IBENSE 1892, SL., en reclamación por EXTINCIÓN COLECTIVA DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO, debemos declarar y declaramos la nulidad de lo actuado desde el momento inmediatamente anterior a dictarse la resolución judicial recurrida para que por el juzgador 'a quo' se dicte una nueva en la que, con absoluta libertad de criterio, y en congruencia con lo solicitado, se de contestación a las cuestiones planteadas por las partes, en los términos indicados. Sin costas".

No obstante, "contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para la unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta Sala de los Social dentro del improrrogable plazo de días días hábiles".

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