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LA PÁGINA DEL JEREZ

VOS y VORS: vinos de sacristía

  • Con una vejez certificada de veinte y treinta años, respectivamente, estas joyas deben superar un exigente control del comité de cata antes de embotellarse

Las bodegas jerezanas guardan auténticos tesoros enológicos. Con frecuencia los catadores seleccionan partidas que por sus especiales características son dignas de pasar a engrosar las criaderas de vinos muy especiales. Vinos que conforman sistemas de solera cuyos orígenes se confunden con los propios de las casas, casi siempre en siglo XIX o incluso en el siglo XVIII. Vinos centenarios de una calidad tan excepcional y una vejez tan extraordinaria que rara vez llegaban a comercializarse. Al objeto de dotar a estos vinos de una certificación oficial que permita identificar su vejez y calidad extraordinaria, el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Jerez-Xérès-Sherry creó en el año 2000 dos categorías especiales de Vinos de Jerez con Vejez Calificada: Vinos de más de 20 años o "V.O.S." y Vinos de más de 30 años o "V.O.R.S."

Uno de los factores clave de la propia identidad de los Vinos de Jerez es el método de crianza "de Criaderas y Solera". Un maravilloso y perfecto procedimiento dinámico de envejecimiento, pero que imposibilita hablar de la edad exacta de los vinos de Jerez, salvo que nos refiramos a ella en términos de promedio.

El sistema de certificación desarrollado por el Consejo Regulador se basa en una calificación de las partidas de este tipo vino expedidas por cada bodega, o dicho en lenguaje bodeguero, en una calificación de "sacas". La certificación del Consejo no se concede por tanto a marcas comerciales concretas o a tipos de vino de una bodega en particular, sino a cada partida específica que se extraiga de la correspondiente solera, con una vejez media de más de 20 años o de más de 30 años.

Para conseguir este certificado de calidad y vejez, las bodegas deben someter sus vinos al dictamen de un Comité de Cata independiente. Dicho comité lo integran expertos de acreditada solvencia y conocimientos, sin vinculación alguna con las bodegas del Marco de Jerez. Junto a personal del propio Consejo Regulador, intervienen en el Comité personalidades del mundo de la Universidad, técnicos y expertos que pueden considerarse auténticas autoridades en la cata de los vinos de Jerez. El Comité de Cata analiza y cata los vinos de cada saca con una doble intención. No se trata tan sólo de certificar una vejez media, sino también de verificar la calidad excepcional que se supone a vinos de tan especiales características.

En su labor calificadora, el Comité cuenta con todo el apoyo técnico de la Estación de Viticultura y Enología de Jerez, uno de los laboratorios mejor dotados de nuestro país, que entre otros analiza parámetros específicamente relacionados con la vejez de las muestras presentadas, como es el caso del Carbono 14, el contenido en ésteres, las cenizas o el extracto seco. En cualquier caso, ningún resultado analítico se considera suficiente para la certificación del Consejo si además el vino en cuestión no cuenta con la aprobación cualitativa del exigente equipo de catadores.

Uno de los procedimientos de garantía de calidad de la Denominación de Origen consiste en la existencia de un cupo o porcentaje de las existencias de vino que cada bodega está autorizada a comercializar a lo largo de cada campaña. Mediante este sistema, el Consejo Regulador garantiza la vejez mínima de los vinos de Jerez. En general, dicho sistema de cupos exige que por cada litro que es comercializado por una bodega de la Denominación de Origen, ésta debe disponer de tres litros de existencias en sus bodegas de crianza. Ello garantiza una vejez mínima del vino comercializado de tres años.

Pues bien, en el caso de los vinos con vejez calificada, el "consumo" de cupo de esta partidas es lógicamente proporcional a la vejez garantizada por el Consejo. Es decir, por cada litro de vinos de "más de 20 años" comercializado por una bodega, ésta debe disponer al menos de 20 litros en su correspondiente sistema de crianza. Igualmente, si el vino calificado es de más de 30 años, por cada litro de vino comercializado la bodega habrá de disponer de un mínimo de 30 en crianza.

La normativa sobre vinos con Vejez Calificada prevé igualmente la aplicación de una terminología específica. Así, los vinos de más de 20 años utilizan las iniciales V.O.S., correspondientes a la mención latina "Vinum Optimum Signatum" (Vino Seleccionado como Optimo) y coincidente también con la expresión inglesa "Very Old Sherry", tan frecuentemente utilizada en el etiquetado de este tipo de vinos.

En el caso de los vinos de más de 30 años, las iniciales a utilizar son V.O.R.S., correspondientes a "Vinum Optimum Rare Signatum" (Vino Seleccionado como Optimo y Excepcional) y coincidentes igualmente con la frase inglesa "Very Old Rare Sherry".

Tanto las iniciales V.O.S. y V.O.R.S. como la leyenda latina a la que corresponden dichas iniciales, aparecen en la precinta especial con la que el Consejo Regulador distingue a los vinos calificados y que han de ser incorporadas a su etiquetado.

La certificación del Consejo Regulador se limita a vinos de enorme calidad y con una crianza extraordinariamente prolongada. Además, de acuerdo con la normativa de Vejez Calificada, dichos vinos deben necesariamente ser de alguno de los siguientes tipos: Amontillado, Oloroso (secos o dulces), Palo Cortado o Pedro Ximénez.

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