Jerez

Cuatro años de cárcel por abusos sexuales a su sobrina

  • Los hechos castigados sucedieron en el verano de 2004 y en el de 2006

Un vecino de Jerez con las iniciales de F.J.G.P. deberá cumplir cuatro años de prisión tras ser condenado por abusar sexualmente de su sobrina. La Sección Octava de la Audiencia Provincial lo considera culpable de dos delitos de abuso sexual, con la agravante además de parentesco, ya que el acusado es tío carnal de la chica que en el momento en el que le practicó distintos tocamientos contaba con trece y quince años, respectivamente. La sentencia puede no ser firme, ya que las partes pueden haber recurrido el fallo al Tribunal Supremo. En ella se indica además que el acusado no podrá aproximarse a su sobrina por un tiempo de cinco años, periodo en el que tampoco podrá comunicar con ella.

Así, el tribunal considera probado que el encausado abusó en dos ocasiones de su sobrina. La primera vez en el verano del año 2004 en una noche en la que la adolescente se quedó a dormir en la casa del inculpado. Cuando se marchó a dormir, el condenado se metió en la cama de la chica y con ánimo libidinoso le practicó distintos tocamientos. La menor no dijo nada en ese momento a su familia o conocidos por confusión o por vergüenza, no obstante, desde lo ocurrido ya rehuía de las invitaciones que le hacía su tío cada vez que la llamaba.

Dos años más tarde, en verano de 2006, se produjo el segundo abuso sexual. Fue en una piscina pública de una pedanía, donde según se refleja en el fallo, el acusado volvió a practicar algunos tocamientos a la menor cuando estaba en el agua. Ese día en la piscina estaba además la hermana de la víctima, la pareja del encausado y la hija de ésta. Una vez que agresor y víctima se quedaron solos en el agua, el resto dio por terminado su baño, fue cuando se produjo ese acercamiento. Incluso le llegó el acusado le preguntó a la chica si le gustaba lo que le estaba haciendo, a lo que contestó que no.

En diciembre de ese año fue cuando la chica se atrevió a confesarle a su padre que ocurría algo muy grave con su tío. Poco después, cuando lo supo el resto de la familia, se interpuso la denuncia.

El tribunal considera que teniendo en cuenta la gravedad de los hechos, el acusado debe ser sancionado con una pena de prisión, dos años por cada delito de abuso, en lugar de una multa, sanción que en este caso "resulta excesivamente benévola",según expresa el tribunal.

La menor ha sufrido en este tiempo síntomas de trastorno por estrés postraumático de los que va evolucionando. El tribunal ha fijado que el acusado deberá indemnizarla con una cifra de 12.000 euros por esos daños psicológicos. El acusado además deberá abonar las costas procesales, incluidas las de la acusación particular ejercida por la familia de la menor, que se personó como tal.

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