Los ciclistas que circulen de noche sin luz ni reflectante serán multados con 100 euros
La Ley pide a los ciclistas que hagan un esfuerzo al igual que las ciudades con los carriles bici
La Delegación de Seguridad informó ayer de la entrada en vigor de la ley 18/2009, de 23 de noviembre, en virtud de la cual se modifica la Ley de Seguridad Vial en materia sancionadora. Entre otras novedades, se ha tipificado en dicha ley como infracción leve el hecho de que las bicicletas no lleven luces y reflectante cuando circulan por la noche. La filosofía que justificó esta nueva medida introducida en su tramitación en el Senado en el pasado mes de mayo es que las ciudades "están haciendo un significativo esfuerzo para la promoción de la bicicleta con la construcción de carriles-bici, y en reciprocidad, los ciclistas deben hacer un esfuerzo para la disciplina que como mínimo debe reflejarse en el uso de luces por la noche para mejorar su visibilidad y seguridad".
La regulación de la infracción está recogida en el artículo 65.4.e, que dice que se considerará infracción grave "circular sin hacer uso del alumbrado reglamentario, salvo que el vehículo sea una bicicleta, en cuyo caso la infracción tendrá el carácter de leve". Al tratarse de una infracción leve la sanción, de acuerdo con lo establecido en el artículo 67.1 de la Ley, será de hasta 100 euros. En la relación codificada de infracciones elaborada por la DGT, se propone una sanción de 80 euros, y se recuerda que en caso de disconformidad, si se abona en los 20 días naturales siguientes a la notificación, tiene un descuento del 50%, por lo que la sanción, en caso de conformidad, sería de 40 euros.
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