Le condenan a pagar 38.000 euros por una pelea a navajazos
Sucesos
Los contendientes se hirieron pero uno sufrió heridas mucho más graves que el otro.
El Juzgado de lo Penal número 2 de Jerez ha condenado a dos vecinos de la ciudad a indemnizarse mutuamente tras protagonizar una pelea a navajazos en un local de ocio de la avenida de México en 2010. El magistrado titular, Juan José Parra, ha considerado que uno de los acusados cometió un delito de lesiones mientras que el otro cometió una falta de idéntica índole. Es por ello que al primero (B.F.R.) le condena a pagar 38.295 euros al segundo (F.J.P.G.). Éste, por su parte, deberá indemnizar al primero con 1.150 euros.
Los hechos acaecieron, según la sentencia a la que ha tenido acceso este medio, el 23 de mayo de 2010, en torno a las 6,15 horas de la madrugada, cerca de la puerta de un pub. Ambos se enzarzaron en un forcejeo en el transcurso del cual B.F.R. propinó puñaladas en el brazo izquierdo a F.J.P.G. El hombre sufrió cortes en varios tendones, así como de un nervio. Por ello estuvo hospitalizado durante 5 días y padeció 120 días impeditivos en los que no pudo trabajar. El arma blanca que utilizó, según expone la sentencia, pesaba entre 700 y 800 gramos.
Por su parte el hombre que recibió los cortes en el brazo izquierdo, en unión de otras personas no identificadas, atacó al primero con dos puñaladas superficiales en el abdomen y múltiples golpes. Tardó en sanar diez días.
Se da la circunstancia de que ambos acudieron al juicio como acusados y también como víctimas, con sus abogados ejerciendo acusaciones contra la otra parte y a la vez defendiendo a sus clientes.
La Fiscalía solicitaba para B.F.R. una condena de tres años y seis meses de prisión y para F.J.P.G. dos meses de multa con cuota diaria de 10 euros. Por su parte, la acusación particular ejercida por el joven que resultó más perjudicado elevó la pena solicitada a cuatro años y seis meses de cárcel, mientras que el abogado de la otra parte pidió 12 días de localización permanente. A todo ello se unían diferentes peticiones de multa.
A todo esto hay que unir que el juicio se celebró cinco años después de que acaecieran los hechos, lo que provocó que se aplicara una atenuante de dilaciones indebidas. De otro lado, los testigos que comparecieron en el juicio entraron en contradicciones que provocaron que el juez no tuviera en cuenta sus testimonios.
El magistrado considera claro "que los dos participan en una agresión mutuamente aceptada con independencia de quien la empezó". Igualmente, es la gravedad de las heridas la que provoca que uno sea condenado por un delito de lesiones y el segundo a una falta de lesiones. El delito de lesiones se castiga con penas de dos a cinco años de cárcel, si bien el juez considera que no se puede agravar el castigo pues "en el caso enjuiciado no es de aplicación pues existe una corresponsabilidad, un riesgo compartido y aceptado por ambos contendientes".
Igualmente el magistrado impone una orden de alejamiento de 200 metros a ambos jóvenes condenados, que curiosamente viven en dos barriadas muy cercanas de la zona sur de la ciudad.
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