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El libro de familia. Datos históricos

  • Fue creado por el Ministerio de Gracia y Justicia, mediante una ley firmada por Alfonso XIII, el 15 de noviembre de 1915. Constituye el archivo casero más valioso y completo de nombres, fechas y otras incidencias que, legal y oficialmente, pueda poseer cada familia española. Lo solían pedir en los hoteles en los que se alojaban los matrimonios jóvenes en su viaje de luna de miel.

E l libro de familia que a los españoles se nos entrega, cuando nos casamos, va a cumplir, el próximo 15 de noviembre casi un siglo de vida. Concretamente, noventa y cinco años, desde que fuera creado en 1915 por ley del Ministerio de Gracia y Justicia, firmada por el rey Alfonso XIII, en cuyo último artículo se mandaba "a todos los Tribunales, Justicias, Jefes, Gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquier clase y dignidad que sean, guardar y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente Ley en todas sus partes.- Dado en Palacio a quince de noviembre de mil novecientos quince.- Yo el Rey.- El Ministro de Gracia y Justicia, Manuel de Burgos y Mazo".

Así finalizaba la ley de creación de este famoso libro que aún sigue teniendo vigor, entre los españoles, se casen por lo civil o por lo eclesiástico, u otra religión. Y esa ley sería posteriormente ratificada por otras de 1942, 43, 58, 60, etc.

El artículo primero de la ley creadora de 1915, publicada en la Gaceta de Madrid del día siguiente, ya ordenaba que "el juez municipal o su delegado que asistiere a la celebración de matrimonio canónico, con arreglo a lo mandado en el art. 77 del Código Civil, una vez terminada la ceremonia, entregará al marido un ejemplar del 'Libro de la Familia' que contendrá las indicaciones relativas al matrimonio celebrado. Igual entrega hará el juez municipal que autorice el matrimonio civil, conforme al art. 100 del Código".

En el libro familiar, además de inscribirse el matrimonio, se hace lo mismo con las defunciones de los conyuges, y los nacimientos y defunciones de los hijos nacidos de ese matrimonio. Sirviendo, además, dicho documento, de justificante del enlace y demás cambios familiares. Por esta circunstancia, en tiempos pasados, lo solían pedir en los hoteles, en los que los matrimonios jóvenes se alojaban, durante su viaje de luna de miel. El ejemplar del libro costaba a los que se casaban una sola peseta, siendo gratuitas todas las inscripciones, y "los que celebren su matrimonio como pobres, recibirán gratis el Libro de la Familia." En 1942 se autorizó la inscripción de nuevas nupcias y, también, las anotaciones precisas "a efectos de su empleo en los regímenes de Subsidios Familiares".

En 1943 se sube el coste del libro a tres pesetas, continuando siendo gratuito para los casados pobres, pero cobrando el Juzgado una peseta por derechos de expedición del mismo. Las oficinas provinciales y locales de la Caja Nacional de Subsidios Familiares serían las encargadas de hacer las anotaciones pertinentes en el Anexo de la Dirección General de Previsión, cuyas oficinas en Jerez se ubicaban, si mal no recuerdo, en la calle Pedro Alonso, siendo popularmente conocidas como la Caja Nacional.

En principio figuraba la declaración jurada del titular, seguida de otras incidencias familiares, cambios en el régimen, índice de vencimientos, número de beneficiarios, cambios de empresa, y las fechas de pago y número de recibo del abono del Subsidio Familiar.

Para el empleo del Libro de la Familia, a los efectos del Régimen Obligatorio de Subsidios Familiares se fijarían unas instrucciones al respecto, que deberían cumplirse en todo caso por los trabajadores acogidos a dichos beneficios.

El Libro de la Familia se conserva prácticamente igual que en sus primeras ediciones, a partir del año 1915; siendo mínimas las variantes que se han ido introduciendo en el texto del mismo que, prácticamente, y a través de estos casi cien años, viene siendo exacta en todo; destacando como única y singular novedad, a partir de los cuarenta, la inserción, por separado, de las fotos de la esposa y del esposo, en tamaño carnet, colocadas a ambos lados de la doble página con la inscripción del matrimonio. Fotos que luego desaparecerían; dejando de ser obligatorias, allá sobre los sesenta, en adelante.

Este documento, expedido por el Registro Civil de los Juzgados Municipales ha venido siendo, a partir de hace casi un siglo, el único y más importante de los que han recibido los matrimonios celebrados, ya que en ellos consta la filiación de los esposos y de los hijos, con las incidencias naturales que hayan podido registrarse en cada familia; incluso dejando páginas abiertas a la posibilidad de inscripción de posteriores nupcias.

El Libro de la Familia puede decirse que es, sin lugar a dudas, el archivo casero más valioso y completo de nombres y fechas de matrimonios, nacimientos, defunciones y cualquier alta y baja que, oficialmente, y a todos los efectos legales, se pueda registrar, en la pequeña historia familiar de cada casa española.

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