Tractorada en Jerez: estas son las sanciones a las que se enfrentan los agricultores
La 'ley mordaza' establece multas que oscilan entre los 100 y los 600.000 euros en función de la gravedad de las infracciones
El Código Penal contempla penas de hasta un año de cárcel para delitos de desobediencia a la autoridad, como por ejemplo la negativa a identificarse
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Tractorada en Jerez: las carreteras recuperan la normalidad
Las movilizaciones que han provocado en las últimas 48 horas retenciones en las principales carreteras de acceso a Jerez de la Frontera no requieren una autorización expresa de las autoridades gubernamentales, si bien la Constitución española y la ley que regula el derecho de reunión establecen la obligatoriedad de comunicar por escrito a la autoridad gubernativa, como norma general, todas las que se celebran en lugares de tránsito público con una antelación de un mínimo de diez días y un máximo de treinta.
La Subdelegación del Gobierno en la provincia de Cádiz, autoridad competente en este caso, confirmó a este periódico que los organizadores o promotores de estas movilizaciones, convocadas en todo el territorio nacional por la 'Plataforma 6F' a través de las redes sociales, no han cumplido con este requisito legal.
La ausencia de comunicación previa se considera una falta muy grave, de la que son responsables los organizadores y para la que se establecen multas que oscilan entre 30.001 y 600.000 euros.
Sin embargo, los agricultores que secundan a título individual en estas movilizaciones también se enfrentan a posibles sanciones, no tanto por su simple participación en unas protestas legítimas como por desórdenes en las vías o espacios públicos, desobediencia o resistencia a la autoridad..., que de acuerdo con la ley de seguridad ciudadana, popularmente conocida como 'ley mordaza', pueden acarrear multas de 100 a 600 euros, en las infracciones leves; de 601 a 30.000 euros, en las graves; y de 30.001 a 600.000 euros, en las muy graves.
Las Fuerzas de Seguridad del Estado están identificando a los participantes en estas movilizaciones, que pueden incurrir en una infracción grave en caso de resistirse o negarse al requerimiento de los agentes. Claro que en el peor de los casos, la negativa a identificarse puede constituir un delito de desobediencia grave, castigado con penas de cárcel de entre tres meses y un año en virtud del artículo 556 del Código Penal.
Los manifestantes que acuden a las movilizaciones con sus tractores también tienen que tener presentes las normativas de tráfico y seguridad vial, que por norma general impiden la circulación de estos vehículos por autopistas y autovías cuando no superen los 60 kilómetros por hora.
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