Emisiones

La Euro 7 entrará en vigor, finalmente, en 2027 para turismos y furgonetas

  • El Consejo de la Unión Europea ha aprobado el Reglamento Euro 7 que establece normas sobre los límites de emisiones para los vehículos de carretera y sobre la durabilidad de las baterías. Esta adopción constituye el último paso para su entrada en vigor que tendrá lugar finalmente desde 2027.

  • La UE reformula la norma Euro 7 para automóviles

La Euro 7 entrará en vigor, finalmente, en 2027 para turismos y furgonetas

La Euro 7 entrará en vigor, finalmente, en 2027 para turismos y furgonetas

El Consejo de la Unión Europea ha aprobado el texto en relación a las emisiones de vehículos, la norma conocida como Euro 7 que reemplaza a la Euro 6 en vigor. Afecta a turismos, furgonetas y vehículos pesados. Esta disposición tiene como objetivo reducir aún más las emisiones de contaminantes atmosféricos. Además, el nuevo reglamento establece unos requisitos de vida útil más estrictos para elementos como las baterías de vehículos híbridos y eléctricos.

Se articula en el contexto de la Estrategia de Movilidad Sostenible e Inteligente de la Comisión, de 2020, y del Plan de Acción del 25 de septiembre de 2023.

La Euro 7 contempla la limitación de las emisiones de partículas procedentes de ruedas o frenos que será más estricta para vehículos eléctricos que el resto. La Euro 7 contempla la limitación de las emisiones de partículas procedentes de ruedas o frenos que será más estricta para vehículos eléctricos que el resto.

La Euro 7 contempla la limitación de las emisiones de partículas procedentes de ruedas o frenos que será más estricta para vehículos eléctricos que el resto.

Consejo y Parlamento alcanzaron un acuerdo político provisional el pasado 18 de diciembre; mientras que Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron el 19 de abril del año pasado el Reglamento (UE) 2023/851 para reforzar las normas de comportamiento en materia de emisiones de CO₂ de los turismos nuevos y de los vehículos comerciales ligeros nuevos, que establece un objetivo de reducción del 100 por ciento tanto para turismos como para furgonetas a partir de 2035.

En tanto que la industria se prepara para este cambio, que supone que los turismos y furgonetas de combustión con motores de gasolina y Diesel nuevos estarán prohibidos en el mercado interior a partir de 2035, estos vehículos seguirán pudiendo venderse. Otros con motores de combustión interna -camiones, autobuses y otros vehículos pesados- podrán seguir fabricándose después de esa fecha.

Las normas Euro 7 serán necesarias para cubrir las emisiones de gases de escape de turismos y furgonetas hasta esa fecha, en tanto que otras como las relativas, por ejemplo, a los frenos, los neumáticos y la vida útil de las baterías, seguirán aplicándose a los turismos y furgonetas nuevos después de 2035.

Menos emisiones de partículas y baterías de vida garantizada

Y es que esta norma Euro 7 establece límites para las emisiones de escape de los vehículos y para otros tipos de emisiones, como las provocadas por la abrasión de los neumáticos y las de partículas de los frenos. Asimismo, introduce requisitos para la durabilidad de las baterías, tanto en kilometraje como años de vida útil.

En el caso de los turismos, las baterías deberán mantener el 80 por ciento de su carga desde el inicio de su vida útil hasta cinco años o 100.000 kilómetros y 72 por ciento hasta ocho años o 160.000 km. En el caso de los turismos, las baterías deberán mantener el 80 por ciento de su carga desde el inicio de su vida útil hasta cinco años o 100.000 kilómetros y 72 por ciento hasta ocho años o 160.000 km.

En el caso de los turismos, las baterías deberán mantener el 80 por ciento de su carga desde el inicio de su vida útil hasta cinco años o 100.000 kilómetros y 72 por ciento hasta ocho años o 160.000 km.

De hecho, en relación a turismos y furgonetas, el Reglamento mantiene los actuales límites de emisiones de escape Euro 6, pero modifica, siendo más estricto, los de las partículas.

Por lo que respecta a los autobuses y camiones pesados, esta norma Euro 7 impone límites más estrictos para emisiones contaminantes, incluidas algunas que hasta ahora no se habían regulado, como el óxido nitroso (N₂O). Además, también cambia, siendo más rigurosa, las emisiones de partículas producidas durante el frenado y fija límites específicos a este respecto para los vehículos eléctricos.

Las fechas de aplicación dependerán del tipo de vehículo de que se trate, de manera que se producirán al cabo de 30 meses para los nuevos turismos y furgonetas y 48 para autobuses, camiones y remolques. Esto supone aplazamientos de entrada en vigor entre 2027 y 2029, es decir, dos años más tarde de la pretensión inicial de Bruselas.

En el caso de pequeños constructores, con tiradas limitadas de su producción, estos estándares se activarían en julio de 2030 para turismos y furgonetas y en 2031 para autobuses, camiones y remolques.

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