¿Qué es un carril Bus-VAO y quién puede circular por él?

Su objetivo es facilitar la circulación a autobuses y vehículos de alta ocupación (VAO)

Los vehículos no autorizados que usen estos carriles pueden recibir multas

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Señalización del carril BUS-VAO de acceso al PTA.
Señalización del carril BUS-VAO de Málaga. / Daniel Pérez
Beatriz Ocaña

18 de noviembre 2023 - 07:00

En distintos puntos de las carreteras andaluzas los conductores podrán encontrarse los conocidos como carril Bus-VAO. Se trata de unos tramos poco habituales por los que no todos los vehículos pueden circular, por lo que es necesario tenerlo en cuenta cuando se vaya a hacer uso de alguno de ellos.

¿Qué es un carril Bus-VAO?

Los carriles Bus-VAO son aquellos que tienen un uso reservado para una serie de vehículos de transporte de personas que cumplan con una serie de requisitos. Desde RACE destacan que estos carriles se crearon con el objetivo de "reducir el número de vehículos en las ciudades y facilitar la circulación a autobuses y vehículos de alta ocupación (VAO)". Estos últimos son vehículos destinados al transporte de personas que tengan menos de 3.500 kilogramos de masa máxima y que cuenten con un número de pasajeros determinados además del conductor.

Se trata de carriles que en determinados momentos y si se ve necesario pueden cambiar el sentido en el que los vehículos recorren el carril sin afectar al resto del tráfico. También pueden contar con horarios y días de uso, especialmente concentrados en las horas puntas de días laborables, lo que hace también que en ocasiones cuenten con acceso libre.

¿Qué vehículos pueden circular por estos carriles?

Para poder cumplir su objetivo y mejorar la circulación de los vehículos en carretera es importante saber qué vehículos tienen permitido el uso del carril bus VAO:

Pueden circular:

  • Turismos que lleven más de dos personas.
  • Motos de 2 o 3 ruedas y ciclomotores.
  • Autobuses.
  • Furgonetas de uso mixto (que transporten personas).
  • Taxis.
  • Vehículos compartidos.
  • Vehículos de servicios públicos (policías, bomberos, asistencias sanitarias, protección civil, entre otros).
  • Todos los vehículos con etiqueta CERO emisiones de la DGT. Aquellos con etiquetas ECO, B y C podrán usarlo si lo establecen los paneles de acceso al carril.
  • Vehículos que tengan el distintivo de movilidad reducida o una acreditación de permiso de conducir con limitación física.

Quedan fuera de estos carriles los vehículos que superen los 3.500 kilos de peso (con la excepción de los autobuses) y los vehículos que no transporten personas o en los que el conductor viaje solo.

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