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Análisis

Gabriele VestrI

Profesor de Derecho Administrativo Universidad de Cádiz @gabrielvestri

Los patinetes eléctricos: amigos-enemigos de las ciudades

Hace pocos años, el patinete era uno de los regalos más anhelados por los niños. Hoy, este medio de transporte se ha convertido en el objeto de deseo de muchos adultos. De hecho, las ciudades ven multiplicarse esta tipología de transporte eléctrico, gracias también, a los precios cada vez más asequibles. Así, los patinetes eléctricos y otros medios parecidos -para ser precisos, Vehículos de Movilidad Urbana Personal (VMUP), por ejemplo: los hoverboard, monowheel (mono rueda), Segway (con sistema de girópodo) o e-skates)- comparten el espacio público con los autobuses, el metro, los tranvías, las bicicletas, las motos, los coches y desde luego con los peatones.

Por todo eso, es significativo comprobar las respuestas que en términos de regulación ofrecen las Administraciones públicas municipales.

Conviene recordar que a pesar de unas 'reglas' comunes que marca la Dirección General de Tráfico, son en realidad los distintos municipios quienes, según las competencias que les atribuye la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, deben regular la circulación de los 'patinetes eléctricos' en su propio término municipal. Es por eso que las entidades locales municipales se ocupan de modificar las ordenanzas de circulación para adaptarlas, precisamente, a la nueva realidad de movilidad urbana introducida por los VMUPs.

De esta manera es asimismo frecuente encontrarse con ordenanzas distintas que regulan la misma materia. Como decíamos, la Dirección General de Tráfico señala determinadas prohibiciones. Especialmente señala: prohibición de circular por aceras y zonas peatonales, prohibición de conducción bajo el efecto del alcohol y presencia de drogas, limitación de velocidad, prohibición del uso del teléfono móvil y auriculares, prohibición de circular dos personas en un VMUP o indicación de disponer de prendas y elementos reflectantes que aumenten la visibilidad del usuario. Sin embargo, los municipios, sobre estas normas marco, adaptan o amplían su propia regulación.

Es el caso, por ejemplo, del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera cuya actual ordenanza de circulación introduce una reglamentación bastante ambiciosa. Entre las normas a destacar cabe mencionar la obligación de utilizar el casco (en la actualidad solo está recomendado por la DGT). Es muy reseñable este virtuosismo de la corporación jerezana ya que indudablemente apuesta por la seguridad de los conductores de estos vehículos. La ordenanza prohíbe asimismo circular por túneles o rotondas intentando evitar situaciones potencialmente peligrosas con otros tipos de vehículos. Por último, la norma impulsada por la Delegación de Movilidad hace además un claro guiño a los usuarios más jóvenes. De hecho, la ordenanza permite que con 15 años se pueda conducir un VMUP sin la supervisión directa de un progenitor o tutor. Esto se encuadra en la clara realidad de que los usuarios jóvenes son cada vez más.

Otras administraciones, en cambio, destacan por la regulación de los patinetes de alquiler. El Ayuntamiento de Sevilla, recientemente, ha procedido a identificar por toda la ciudad zonas de estacionamiento para estos vehículos. Aunque, en la práctica estos lugares no son utilizados por los usuarios de patinetes particulares -debido a la falta de un elemento de anclaje para asegurar los vehículos-, los aparcamientos, por lo menos, parecen ofrecer mayor orden a la hora de estacionar los VMUPs en la vía pública.

En este nuevo escenario de movilidad urbana no faltan situaciones controvertidas. Sobresalen dos cuestiones que parecen importantes de señalar y que finalmente son complementarias entre ellas. La primera. Es necesario un diálogo continuo y proactivo entre las distintas entidades que gestionan el transporte público. Por su estructura y diseño el patinete eléctrico se presta a ser el símbolo de la movilidad multimodal. Este medio de transporte puede ser plegado, transportado en medios de transporte tradicionales y ser posteriormente utilizado solo en un trayecto corto (conocido como la última milla). Aquella Administración pública que quiera implementar una movilidad urbana sostenible deberá mediar para que, sin obstáculo alguno, el usuario pueda transportar su patinete eléctrico en distintos medios de transporte público. En caso contrario, la ordenanza específica habrá resuelto quizá la regulación de la circulación, pero quedará pendiente el compromiso con la sostenibilidad y el impulso al uso de los medios de transporte público. En segundo lugar, es necesario crear seguridad jurídica para los usuarios de los VMUPs. Muchos usuarios se desplazan con su patinete y según el sistema multimodal entre distintos municipios. En estos casos, se le encomienda al propio usuario, el conocimiento de las distintas ordenanzas de circulación de los municipios por los que se desplaza (o que cruza). Así, es posible que un usuario cumpla con las normas de circulación en su municipio de origen, pero incumpla las normas del municipio de destino. El ejemplo es precisamente el uso del casco, obligatorio en algunos municipios mientras que en otros no. Por eso, tenemos que abogar por la colocación en los lugares de tránsito de una señalización vertical y horizontal que sea intuitiva y precisa, como ocurre con la señalética destinada a la circulación de los coches, la cual permite el conocimiento claro de las normas que regulan la circulación.

Todo esto sin olvidar que en nuestras ciudades los primeros que deben ser protegidos son los peatones. Esta protección debe de ser constante y prioritaria. Las Administraciones locales deben velar por dicha salvaguardia sobre todo cuando son precisamente los actuales VMUPs, que, circulando por zonas muy cercanas a aquellas peatonales, podrían poner en riesgo a los peatones.

Ahora bien, una ordenanza no es sinónimo de resolución de los problemas de convivencia entre distintos usuarios que se desplazan por las ciudades. Sin embargo, la regulación de la circulación incorpora un primer paso, obligado, hacia un cambio de paradigma. Así, paulatinamente y según políticas públicas deseables, los coches perderán el espacio del que se han apropiado durante décadas favoreciendo por ende los desplazamientos a través de medios más sostenibles.

Por estos motivos, es natural pensar que este es el camino que deben seguir las Administraciones locales, un camino que guíe hacia una transformación profunda en soluciones de movilidad urbana. Los patinetes eléctricos no representan la única clave de esta transformación, pero sí pueden resultar un elemento colaborativo hacia ciudades resilientes en materia de sostenibilidad urbana.

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