La ley del maltrato animal, también en entredicho

El informe del Consejo General del Poder Judicial subraya bastantes inconvenientes futuros de la nueva ley contra el maltrato animal

La calidad jurídica de algunas leyes que han salido de los ministerios liderados por Podemos están en entredicho y esto parece confirmarse con el anteproyecto del texto contra el maltrato animal, que se encuentra en el Congreso. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acaba de emitir un informe que subraya problemas futuros y que se añaden al cuestionamiento que desde algunos sectores se ha hecho a la ley. Hay que aclarar que el maltrato de animales de compañía ya está castigado en el Código Penal, pero los impulsores entienden que la protección debe extenderse a otras especies que no se encuentran en el entorno humano, así como que es necesario aumentar los castigos porque consideran que la legislación actual no es disuasoria. El primer problema del proyecto es que extiende el bien protegido a todos los vertebrados, que es una categoría demasiado amplia. Aunque en el texto prima el derecho a la salud pública y al medio ambiente, parece excesivo tener que justificar, ante posibles denuncias, que el control de una plaga de roedores urbanos en un domicilio particular se acoge a este precepto. Hay un segundo problema apuntado por el CGPJ, y es la proporcionalidad de las penas. Algunos delitos contra las personas, como el de coacción, amenazas leves o de lesiones que no necesitan atención médica, tendrán menos penas que el maltrato a un animal con el agravante de querer dañar a un cónyuge. Esto último se castiga con una condena de nueve a 18 meses de prisión, mientras que los delitos leves citados tienen una pena de 12 meses. El CGPJ también critica que, pese al endurecimiento de las penas, éstas se pueden sortear con el pago de multas, con lo que se pone en entredicho el propio sentido de la ley. El sector cinegético también ha apuntado colisiones de la nueva legislación con esta actividad lúdica y económica. Entendemos que el proyecto debe ser sometido en el Congreso a una sensata revisión antes de su aprobación.

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